Decreto 57 - CONSTITUYE COMISIÓN ASESORA DEL MINISTERIO DE SALUD PARA EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE ENTIDADES CERTIFICADORAS DE ESPECIALIDADES Y SUBESPECIALIDADES PREVISTAS EN EL DECRETO Nº 57, DE 2007 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 235340814

Decreto 57 - CONSTITUYE COMISIÓN ASESORA DEL MINISTERIO DE SALUD PARA EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE ENTIDADES CERTIFICADORAS DE ESPECIALIDADES Y SUBESPECIALIDADES PREVISTAS EN EL DECRETO Nº 57, DE 2007

EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

CONSTITUYE COMISIÓN ASESORA DEL MINISTERIO DE SALUD PARA EL PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN DE ENTIDADES CERTIFICADORAS DE ESPECIALIDADES Y SUBESPECIALIDADES PREVISTAS EN EL DECRETO Nº 57, DE 2007

Núm. 57.- Santiago, 12 de mayo de 2010.- Visto: Lo dispuesto en los artículos , Nº 13, y 121 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.469 y Nº 18.933; en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Nº 21 del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el Decreto Supremo Nº 136, del año 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento de esta Secretaría de Estado; en el Decreto Supremo Nº 57, de 2007, del Ministerio de Salud; en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que en conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 57, de 2007, del Ministerio de Salud, corresponde a esta Secretaría de Estado verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos para que las entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, que deseen certificar todas o alguna de las especialidades y subespecialidades contenidas en el decreto ya individualizado, sean autorizadas como entidades certificadoras y para su registro en la Superintendencia de Salud.

  2. - Que por mandato del referido Decreto Nº 57, para realizar la función precedentemente indicada, esta Secretaría de Estado deberá contar con la asesoría de una comisión interministerial, integrada con personeros de las carteras de Salud y Educación, a la que corresponderá asesorar al Ministerio de Salud en la evaluación de los antecedentes que permitan demostrar si la entidad certificadora cumple las condiciones para ser autorizada y para incorporarse al registro de la Superintendencia de Salud.

  3. - Que conforme y en mérito de lo anterior, vengo en dictar el siguiente,

Decreto:

Artículo Primero

Constitúyese la Comisión Asesora del Ministerio de Salud, cuyo objeto es asesorar a esta Secretaría de Estado en la evaluación de los antecedentes que permitan demostrar si...

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