Decreto núm. 233, publicado el 13 de Mayo de 2004. ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA 'ESTACION DE INTERCAMBIO MODAL QUINTA NORMAL' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470666162

Decreto núm. 233, publicado el 13 de Mayo de 2004. ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA 'ESTACION DE INTERCAMBIO MODAL QUINTA NORMAL'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA "ESTACION DE INTERCAMBIO MODAL QUINTA NORMAL"

Núm. 233.- Santiago, 26 de marzo de 2004.- Vistos:

- El artículo 87 del DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos;

- El D.S. MOP N° 900, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas;

- El D.S. MOP N° 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas;

- El oficio N° 1058, de 3 de octubre de 2001, del Sr. Ministro de Hacienda al Sr. Ministro de Obras Públicas, mediante el cual aprueba las Bases de Precalificación;

- El aviso de Apertura del Registro Especial Internacional de Precalificación para el "Programa de Concesiones de Estaciones de Intercambio Modal en Santiago", publicado en el Diario Oficial con fecha 10 de octubre de 2001;

- El aviso de Apertura del Registro Especial Internacional de Precalificación para el "Programa de Concesiones de Estaciones de Intercambio Modal en Santiago", publicado en el diario El Mercurio con fecha 07 de octubre de 2001;

- Las resoluciones DGOP N° 350, de 16 de noviembre de 2001 y Nº 244, de 3 de septiembre de 2003, que aprueban las Bases de Precalificación y la circular aclaratoria Nº 1 del Registro Especial Internacional para la Licitación del "Programa de Concesiones de Estaciones de Intercambio Modal en Santiago", respectivamente;

- El Oficio Ord. Nº 438, del Sr. Ministro de Hacienda, de fecha 27 de mayo de 2003, que aprueba las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Estación de Intercambio Modal Quinta Normal", a ejecutar por el sistema de concesiones;

- El Oficio Gab. Pres. Nº 618, de 30 de mayo de 2003 de Su Excelencia el Presidente de la República, que aprueba la ejecución de la obra pública fiscal denominada "Programa de Concesiones de Estaciones de Intercambio Modal", por el sistema de concesiones;

- El Llamado a Licitación Pública Internacional para la concesión de la obra pública fiscal de la referencia, publicado en el diario El Mercurio con fecha 1 de junio de 2003;

- La resolución DGOP Nº158, de 5 de junio de 2003, que aprueba las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Estación de Intercambio Modal Quinta Normal";

- Las resoluciones DGOP N° 235, de 1 de septiembre de 2003; Nº 264, de 29 de septiembre de 2003;

Nº 279, de 24 de octubre de 2003 y Nº 343, de 11 de diciembre de 2003, que aprueban las circulares aclaratorias Nºs 1, 2, 3 y 4, de las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Estación de Intercambio Modal Quinta Normal", respectivamente;

- El Acta de Apertura de la Licitación, de fecha 31 de diciembre de 2003;

- El Acta de Evaluación de las Ofertas Técnicas, de fecha 23 de enero de 2004;

- El Acta de Apertura de las Ofertas Económicas, de fecha 27 de enero de 2004;

- El Acta de Calificación de las Ofertas Económicas, de fecha 5 de febrero de 2004; y

- El Acta de Adjudicación del Director General de Obras Públicas, de fecha 27 de febrero de 2004.

D e c r e t o:

  1. Adjudícase el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Estación de Intercambio Modal Quinta Normal", a las empresas Acsa Agbar Construcción S.A. y Alsa Chile S.A., que conforman el Grupo Licitante denominado "Estaciones Metropolitanas".

  2. Declárase que forman parte integrante de este Decreto Supremo de Adjudicación, las Bases de Licitación para la concesión de la obra pública fiscal denominada "Estación de Intercambio Modal Quinta Normal", aprobadas por resolución DGOP N° 158, de 5 de junio de 2003; las circulares aclaratorias Nº 1, 2, 3 y 4 aprobadas por las resoluciones DGOP N° 235, de 1 de septiembre de 2003; Nº 264, de 29 de septiembre de 2003; Nº 279, de 24 de octubre de 2003 y Nº 343, de 11 de diciembre de 2003; todos los documentos señalados en los artículos 1.3.2 y 1.3.2.1 de las Bases de Licitación; y las Ofertas Técnica y Económica, en la forma aprobada por el MOP, presentadas por el Grupo Licitante Adjudicatario denominado "Estaciones Metropolitanas", compuesto por las empresas Acsa Agbar Construcción S.A. y Alsa Chile S.A.

  3. En caso de discrepancia en la interpretación del contrato que se adjudica mediante el presente decreto supremo, primará lo dispuesto en las Bases de Licitación, sus circulares aclaratorias, y demás documentos integrantes de las Bases de Licitación, entre los que se encuentran el Manual de Planes de Manejo Ambiental para Obras Concesionadas, emitido por la Coordinación General de Concesiones del MOP y las Pautas de Diseño y Construcción para la Estación de Intercambio Modal Quinta Normal, por sobre lo establecido en la oferta presentada por el Grupo Licitante Adjudicatario de la concesión, salvo el caso en que ésta contenga aspectos superiores a lo exigido en las Bases de Licitación y sus circulares aclaratorias, y demás documentos que conforman las Bases de Licitación, lo que será calificado por el Director General de Obras Públicas.

  4. Forman parte del contrato de concesión las disposiciones pertinentes de los siguientes cuerpos legales:

    1. El decreto supremo MOP Nº 900, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas.

    2. El decreto supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas.

    3. El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

  5. El plazo de la concesión será el período que se inicia a contar de la publicación en el Diario Oficial del presente Decreto Supremo de Adjudicación del Contrato de Concesión, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 1.6.4 de las Bases de Licitación, y finaliza 240 (doscientos cuarenta) meses corridos, contados desde la fecha de Puesta en Servicio Definitiva de la Concesión. En cualquier caso, el plazo máximo de concesión será de 261 meses, contados desde el Inicio del Plazo de la Concesión establecido en el artículo 1.6.4 de las Bases de Licitación, sin perjuicio de lo estipulado en el artículo 1.9.16 de las Bases de Licitación.

  6. El Concesionario diseñará, construirá, explotará y conservará las obras que se indican en las Bases de Licitación para la Estación de Intercambio Modal Quinta Normal, dentro de la respectiva área de concesión establecida en el artículo 2.2 de las Bases de Licitación, de acuerdo a los requerimientos específicos establecidos en las "Pautas de Diseño y Construcción para la Estación de Intercambio Modal Quinta Normal".

    Las obras mínimas a ejecutar se encuentran establecidas en el artículo 2.3 de las Bases de Licitación, y comprenden, entre otras, las siguientes obras:

    * Cierros provisionales en torno al área de faenas y de protección del área de demoliciones de la vía pública, y las obras provisionales que determine la Dirección de Obras Municipales de Santiago destinadas a asegurar la permanencia del tránsito peatonal en torno al área de la construcción en caso de ser necesarias.

    * Obras de demolición y retiro de escombros de la edificación y obras existentes en las áreas que se vean afectadas por las obras, expropiaciones y/o adquisiciones.

    * Limpieza de la totalidad del terreno del área de concesión establecida en el artículo 2.2 de las Bases de Licitación.

    * Instalación de faenas necesarias para la ejecución de las obras y sus correspondientes permisos.

    * Movimientos de tierra y excavaciones necesarias para la construcción de la totalidad de las obras, previa tramitación de todos los permisos ante los organismos o servicios que corresponda.

    * Construcción de la Plataforma de Transporte de la Estación de Intercambio Modal Quinta Normal, todas las obras necesarias para la conexión con la estación Quinta Normal de la línea 5 del Metro de Santiago, y todos los recintos necesarios para la prestación de los servicios establecidos en el artículo 1.10.2 de las Bases de Licitación, de manera de garantizar los estándares de nivel de servicio solicitados. La Plataforma de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR