Decreto 5135 EXENTO - AUTORIZA COMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN CHILE Y TOMA CONOCIMIENTO DE CAMBIO DE DOMICILIO DE 'THE NATURE CONSERVANCY', AUTORIZADA PARA REALIZAR ACTIVIDADES EN CHILE - MINISTERIO DE JUSTICIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 406289150

Decreto 5135 EXENTO - AUTORIZA COMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN CHILE Y TOMA CONOCIMIENTO DE CAMBIO DE DOMICILIO DE 'THE NATURE CONSERVANCY', AUTORIZADA PARA REALIZAR ACTIVIDADES EN CHILE

EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor10 de Noviembre de 2012

AUTORIZA COMPLEMENTACIÓN DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR EN CHILE Y TOMA CONOCIMIENTO DE CAMBIO DE DOMICILIO DE "THE NATURE CONSERVANCY", AUTORIZADA PARA REALIZAR ACTIVIDADES EN CHILE

Santiago, 24 de octubre de 2012.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 5.135 exento.- Vistos: Estos antecedentes, lo dispuesto en el artículo 34 del decreto supremo de Justicia Nº 110, de 1979; en el decreto supremo de Justicia Nº 924, de 1981, sobre materias que serán suscritas por las autoridades que se indican con la fórmula "Por orden del Presidente de la República"; en resolución de Contraloría General de la República Nº 1.600, de 2008; y lo informado por la Corporación Nacional Forestal de Chile y por el Consejo de Defensa del Estado,

Considerando:

  1. - Que mediante decreto exento de Justicia Nº 647, de 25 de julio de 2003, se autorizó a la entidad denominada "The Nature Conservancy", con domicilio en el Estado de Virginia, Estados Unidos de América, para realizar actividades en Chile. Así también y con fecha 30 de agosto de 2006 y mediante decreto exento de Justicia Nº 2.734 se estableció que el domicilio de la referida entidad sería la ciudad y provincia de Santiago, Región Metropolitana, calle Lota Nº 2257, oficina 204, comuna de Providencia, y que su representante legal sería don Francisco Javier Eduardo Solís Germani.

    Por último, y a través de decreto exento de Justicia Nº 1.139, de 24 de marzo de 2009, se aprobó la ampliación del poder al representante legal de la entidad don Francisco Javier Eduardo Solís Germani.

  2. - Que según lo disponen los numerales 5 y 6 del citado decreto exento de Justicia Nº 647, de 25 de julio de 2003, los que respectivamente señalan que "El mandatario de la mencionada entidad deberá poner en conocimiento del Presidente de la República toda modificación que en ella opere, especialmente, aquellas relacionadas con sus actividades en el país, como asimismo, el cambio de representante o cualesquiera alteración en sus facultades o cambio de su sede" y que "La entidad deberá obtener que se autorice por el Supremo Gobierno la ampliación de actividades, cuando éstas excedan a las señaladas en el Nº 1 del presente decreto".

    1. - Que mediante presentación de fecha 13 de febrero de 2012, la que fue complementada y rectificada a través de presentación de 24 de julio de 2012, el mandatario de la entidad en Chile, don Francisco Javier Eduardo Solís Germani, patrocinado por la abogado doña Paulina Sandoval...

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