Decreto 1511 EXENTO - MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A. - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 365455798

Decreto 1511 EXENTO - MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 7 de Febrero de 2012

MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

Santiago, 22 de noviembre de 2011.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 1.511 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº 308 de 2000, modificada por resolución exenta Nº 81 de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 – 1.870 MHz; 1.885 – 1.895 MHz; 1.945 – 1.950 MHz. y 1.965 – 1.975 MHz. al Servicio Público de Telefonía Móvil.

  6. Los decretos supremos Nº 657 y N° 658, ambos de 2002 y N°28 de 2003, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 26.993 de 06.04.2011.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil, otorgadas a la empresa Telefónica Móviles Chile S.A., RUT Nº 87.845.500-2, con domicilio en Avenida El Bosque Sur Nº 90, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar cuatro (4) Estaciones Base:

      Las Estaciones Base que se autorizan se conectarán a la red existente, a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación:

    3. Apruébase el proyecto técnico presentado por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen...

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