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Decreto 337 EXENTO - MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 8 de Junio de 2013

MODIFICA CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL A LA EMPRESA TELEFÓNICA MÓVILES CHILE S.A.

Santiago, 4 de junio de 2013.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 337 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución exenta Nº 308, de 2000, modificada por resolución exenta Nº 81, de 2001, ambas de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que destina las Bandas de Frecuencias 1.865 – 1.870 MHz; 1.885 – 1.895 MHz; 1.945 – 1.950 MHz y 1.965 – 1.975 MHz al Servicio Público de Telefonía Móvil.

  6. Los decretos supremos Nº 657 y Nº 658, ambos de 2002, y N°28, de 2003, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 39.552, de 10.05.2013, complementado mediante ingreso Subtel Nº 41.123, de 17.05.2013.

  8. Que la solicitud modifica elementos de la concesión no contemplados en el inciso quinto del artículo 14º de la ley, por lo que en la especie no son aplicables las normas de los artículos 15º y 16º de la misma, es decir, no requiere de publicación del extracto de la solicitud.

    Decreto:

    Modifícanse las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil, cuya actual titular es Telefónica Móviles Chile S.A., RUT Nº 87.845.500-2, con domicilio en Avda. Providencia Nº 111, piso 23, comuna de Providencia, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para rectificar las coordenadas geográficas de ciento ochenta y cuatro (184) estaciones base, autorizadas mediante decretos supremos o exentos señalados en la tabla siguiente, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que modifican las concesiones otorgadas mediante decretos citados en la letra f) de los Vistos, según se indica a continuación:

      Los plazos, dirección y demás características técnicas, consideradas en la presente solicitud de modificación, permanecerán inalterables, de conformidad a los...

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