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Decreto núm. 16, publicado el 03 de Mayo de 1985. MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION EN LA CIUDAD DE COQUIMBO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESION DE RADIODIFUSION EN LA CIUDAD DE COQUIMBO

Santiago, 15 de Febrero de 1984.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 16.- Vistos:

  1. Los artículos 3º, letra a), 8º, 14º, 23º y 2º transitorio de la Ley Nº 18.168, de 1982,

  2. El decreto ley Nº 1.762 de 1977,

  3. El artículo 1º de la Ley Nº 16.436, d) El Nº 2, letra b) del párrafo II de la resolución Nº 1.050 de 1980, de la Contraloría General de la República,

  4. Lo propuesto por la Subsecretaría de Telecomunicaciones,

Decreto:

  1. - Modifícanse la concesión de radiodifusión en onda media otorgada para la ciudad de Coquimbo a la Sociedad Salamanca y Michea Ltda., según decreto de Interior Nº 1.647 de fecha 21 de Noviembre de 1969.

  2. - Esta modificación contempla el traslado de la planta transmisora desde el Estadio Municipal en la ciudad de Coquimbo, al Predio ubicado entre la línea del Ferrocarril Norte a La Serena y la playa de Coquimbo, en la extensión del Camino a La Cantera.

    Las características técnicas de la emisora se conservarán según lo indicado en el decreto de concesión mencionado en el artículo 1º.

  3. - El Presidente de la República, previo informe de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (en adelante la Subsecretaría), podrá disponer que el concesionario modifique estas características por razones de orden técnico, de interés público o en cumplimiento de Acuerdos o Convenios Internacionales obligatorios del Estado, sin que por ello el concesionario pueda formular reclamo alguNº

  4. - Apruébanse los planos correspondientes al proyecto presentado, los cuales quedan archivados en la Subsecretaría.

  5. - Fíjase un plazo máximo de un año a contar de la publicación de este decreto en el Diario Oficial, para que el concesionario inicie el servicio que considera el...

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