Decreto 493 - APRUEBA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL, LOCALIDADES DE RENGO, ROSARIO Y ESMERALDA
Emisor | MUNICIPALIDAD DE RENGO |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 20 de Junio de 2013 |
APRUEBA MODIFICACIÓN AL PLAN REGULADOR COMUNAL, LOCALIDADES DE RENGO, ROSARIO Y ESMERALDA
Núm. 493 (MD).- Rengo, 4 de junio de 2013.- Vistos: La Ley General de Urbanismo y Construcciones, artículo 45 y artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y en uso de las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y sus modificaciones, texto refundido por el DFL Nº 1, del 9 de mayo de 2006, del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial del 26 de julio de 2006, y sus modificaciones.
Considerando:
El decreto alcaldicio Nº 617 (MD), del 21 de agosto de 2008, que aprobó la Reformulación del Plan Regulador Comunal de Rengo, y las localidades de Esmeralda y Rosario.
La resolución afecta Nº 16, del 4 de febrero de 2009, del Gobierno Regional de la Región del Libertador Bernardo O'Higgins, que resuelve tener por aprobada la Reformulación del Plan Regulador Comunal de Rengo, localidades de Rengo, Rosario y Esmeralda.
La publicación en el Diario Oficial de la República de Chile del Plan Regulador Intercomunal Río Claro el 24 de diciembre de 2010, que incluye a las comunas de Malloa, Quinta de Tilcoco, Rengo y Requínoa, en virtud de la cual corresponde que el proyecto de Modificación al Plan Regulador Comunal no sea remitido al Consejo Regional de O'Higgins para su aprobación final y proceda efectuar tal acto administrativo mediante decreto alcaldicio, según lo establece el inciso noveno del artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
El decreto alcaldicio Nº 1.177 (MD), del 24 de octubre de 2012, mediante el cual se inició el Proceso de Modificación Nº 1 al Plan Regulador Comunal en lo que respecta a la ciudad de Rengo.
El proceso de tramitación para la aprobación correspondiente, llevado a cabo según lo establecido en el artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
La exposición detallada del referido proyecto de Modificación N° 1 ante el H. Consejo Comunal, incluyendo los pasos de tramitación correspondientes del proceso obligatorio definido en el artículo 2.1.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, llevada a cabo por el Encargado de Urbanismo y Medio Ambiente SEIA, Sr. Sergio Meza Concha, cuyo contenido ha quedado consignado en el Acta de Concejo correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 5, de fecha 14 de enero de 2013.
La...
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