Ley núm. 15169, publicada el 01 de Marzo de 1963. CREA LA COMUNA-SUBDELEGACION DE LA REINA, EN EL DE DEPARTAMENTO DE SANTIAGO. - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497323146

Ley núm. 15169, publicada el 01 de Marzo de 1963. CREA LA COMUNA-SUBDELEGACION DE LA REINA, EN EL DE DEPARTAMENTO DE SANTIAGO.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyLey

CREA LA COMUNA-SUBDELEGACION DE LA REINA, EN EL DE DEPARTAMENTO DE SANTIAGO.

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1° Créase la comuna-subdelegación de La Reina, en el departamento de Santiago, provincia del mismo nombre.

El territorio comunal de La Reina se segregará del de la comuna-subdelegación de Ñuñoa, quedando con los siguientes limites:

Al Norte, la Avenida Francisco Bilbao y su prolongación en línea recta, desde la calle Ema Valderrama hasta el Canal de Las Perdices; el Canal de Las Perdices, desde la prolongación en línea recta de la Avenida Francisco Bilbao hasta la calle Valenzuela Puelma, y la calle Valenzuela Puelma y su prolongación desde el Canal de Las Perdices hasta la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya hidrográfica de la quebrada de Ramón.

Al Este, la línea de cumbres que limita por el sur la hoya hidrográfica de la quebrada de Ramón, desde la prolongación de la calle Valenzuela Puelma hasta la intersección con la prolongación, en línea recta, de la calle de Pepe Vila.

Al Sur, la calle Pepe Vila y su prolongación, en línea recta, desde la línea de cumbres que limita por el sur la hoya hidrográfica de la quebrada de Ramón hasta el Canal de las Perdices; el Canal de Las Perdices, desde la calle Pepe Vila hasta la Avenida José Arrieta (ex Peñalolén), y la Avenida José Arrieta (ex Peñalolén), desde el Canal de Las Perdices hasta la Avenida Egaña.

Al Oeste, la Avenida Egaña, desde la Avenida José Arrieta (ex Peñalolén) hasta la Avenida Ossa; la Avenida Ossa, desde la Avenida Egaña hasta el Canal San Carlos, y el Canal San Carlos, desde la Avenida Ossa hasta la calle o Avenida Eliecer Parada.

Artículo 2°

Las cuentas por pagar de la actual Municipalidad de Ñuñoa, serán siempre de cargo de esta Municipalidad.

La Municipalidad de La Reina no podrá cobrar ninguna suma de dinero devengada con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente ley, a la Municipalidad de Ñuñoa, ni tampoco podrá pagar deudas contraídas por esta Municipalidad.

Artículo 3°

A contar de la fecha de la presente ley pasará a la Municipalidad de La Reina en dominio el inmueble denominado Estadio Municipal de Ñuñoa, ubicado en calle Echenique esquina de Loreley, que adquirió de don Carlos Ossandón Guzmán, por escritura de 23 de marzo de 1943, ante el notario don Francisco Javier...

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