Decreto 826 - COMPLEMENTA REGULACIONES PARA EL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES PUBLICAS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242819470

Decreto 826 - COMPLEMENTA REGULACIONES PARA EL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES PUBLICAS

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

COMPLEMENTA REGULACIONES PARA EL SISTEMA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES PUBLICAS

Núm. 826.- Santiago, 10 de octubre de 2002.- Vistos:

Las facultades que me confieren los artículos 24, 32 Nº8 y 33, inciso tercero, de la Constitución Política de la República;

El decreto supremo Nº4.727 (Hacienda) de 1957, Reglamento Orgánico de la Secretaría y Administración General del Ministerio de Hacienda;

Lo dispuesto en el artículo 5º y 8º del D.F.L.

Nº1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;

Lo previsto en el decreto supremo de Hacienda Nº1.312 de 1999, que establece Sistema de Información de Compras y Contratación Pública;

El decreto con fuerza de ley Nº404 de 1978, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Orgánica de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado;

La resolución Nº520/96, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº55/92 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

La conveniencia de complementar las regulaciones del Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, establecido por el decreto supremo de Hacienda Nº1.312, de 1999, para que los organismos adscritos a dicho sistema puedan cumplir de mejor manera los principios de transparencia, eficacia y eficiencia en la gestión de la contratación de bienes y servicios;

Las nuevas facilidades tecnológicas disponibles que permiten automatizar procedimientos y operar en el ámbito internet a través de redes abiertas y accesibles;

La necesidad de otorgar un trato igualitario y eficiente a los proveedores, que les permita acceder a la información necesaria y a las facilidades electrónicas que se encuentren disponibles, para participar en los procesos de contrataciones públicas de manera expedita y en forma electrónica;

La ley Nº19.799 sobre "Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de Dicha Firma";

La necesidad de radicar en el coordinador en materia de contratación pública, la contratación de los procedimientos computacionales de apoyo para el desarrollo y operación del sistema; y

Lo establecido en el Instructivo Presidencial de Gobierno Electrónico, de fecha 11 de mayo de 2001, dicto el siguiente,

D e c r e t o:

Artículo único

Efectúanse las...

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