Resolución núm. 877 EXENTA, publicado el 24 de Mayo de 2013. COMPLEMENTA RESOLUCIÓN DE CONTROL OBLIGATORIO DE SIREX NOCTILIO EN LA REGIÓN DEL MAULE
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
COMPLEMENTA RESOLUCIÓN DE CONTROL OBLIGATORIO DE SIREX NOCTILIO EN LA REGIÓN DEL MAULE
Talca, 16 de mayo de 2013.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 877 exenta.- Visto: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, y sus modificaciones posteriores; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la resolución Nº 2.758 del 27-05-2009, del Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero, que declara el Control Obligatorio de la Avispa de la madera del pino Sirex noctilio Fabricius, modificada por resolución Nº 8.060 de 27 de diciembre de 2010 y por resolución Nº 1.407 de 16 de marzo de 2012; lo dispuesto en la resolución exenta Nº 97 de 2011 del Director Nacional del Servicio; lo señalado en la resolución Nº 1.406 de 16 de marzo de 2012, ambas del Director Nacional del Servicio; la resolución Nº 2.153 de 14 de noviembre de 2011, Nº 313 de 8 de febrero de 2012 y Nº 1.824 de 6 de diciembre de 2012 del Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero Región del Maule; y la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Que, como resultado de las actividades de vigilancia fitosanitaria realizadas por el Servicio Agrícola y Ganadero, se ha detectado la presencia de árboles de Pinus radiata infestados en el área libre a la presencia de Sirex noctilio, en la comuna de Yerbas Buenas de la Región del Maule.
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- Que, mediante las resoluciones Nº 2.153/2011, Nº 313/2012 y Nº 1.824/2012 del Director Regional del Servicio Agrícola y Ganadero Región del Maule, se estableció el área bajo cuarentena y las medidas fitosanitarias para el control de Sirex noctilio en esta Región.
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- Que, de acuerdo a las evaluaciones de la situación actual de Sirex noctilio en la Región, se hace necesario complementar las medidas fitosanitarias establecidas en las resoluciones señaladas en los vistos.
Resuelvo:
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- Amplíese el área bajo cuarentena, señalada en las resoluciones Nº 2.153/2011, Nº 313/2012 y Nº 1.824/2012, de esta Dirección Regional, para el control obligatorio de la plaga Sirex noctilio, en un radio de 20 kilómetros respecto del lugar de detección de la plaga que se indica:
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- Aplíquense en forma inmediata las regulaciones cuarentenarias y medidas fitosanitarias establecidas en la resolución Nº 2.758, de 27 de mayo de 2009, modificada por resolución Nº 8.060 de 27 de diciembre de 2010 y por resolución Nº 1.407, de 16 de marzo de 2012...
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