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Decreto Ley núm. 212, publicado el 26 de Diciembre de 1973. CREA COMISION NACIONAL DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto Ley

CREA COMISION NACIONAL DE LA REFORMA ADMINISTRATIVA

Santiago, 17 de Diciembre de 1973.- La Junta de Gobierno de la República de Chile ha ordenado hoy promulgar el siguiente decreto ley

Núm. 212.- Visto lo dispuesto en el decreto ley N° 1, de 11 de Septiembre de 1973, y

Considerando:

  1. - Que la labor de Reconstrucción Nacional no puede ser cumplida sin una Administración del Estado eficiente, dinámica y honesta y con funcionarios idóneos, en que la moralidad y el espíritu de servicio a la comunidad sean norma principal de su conducta;

  2. - Que es de urgencia revisar la organización de la Administración del Estado y sus estructuras, para mejorar el proceso administrativo a través de métodos y sistemas más racionales que permitan una alta productividad y hagan posible la mayor efectividad en las tareas del Gobierno;

  3. - Que resulta forzoso canalizar los esfuerzos técnicos tendientes a esos fines, mediante la conjugación coordinada de todos los sectores beneficiarios de una Reforma Administrativa integral, y

  4. - Que ese objetivo sólo se alcanza mediante la creación de un organismo de más alto nivel, de carácter interdisciplinario, en el cual tengan efectiva participación todas las instituciones de planificación, de administración activa y de control, dotado de amplias facultades o independencia para orientar el proceso de reforma.

La Junta de Gobierno ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo 1°

Créase la Comisión Nacional de la Reforma Administrativa, cuyas atribuciones y deberes serán los siguientes:

  1. Estudiar y proponer las modalidades necesarias a la legislación y reglamentación administrativa;

  2. Estudiar y proponer modificaciones estructurales generales de la Administración del Estado o modificaciones orgánicas de determinados Ministerios, Servicios Públicos centralizados o descentralizados o de las Municipalidades, pudiendo señalar las pautas técnicas a las cuales deberá ceñirse la estructura interna de cada una de aquellas instituciones;

  3. Revisar los proyectos o proposiciones que formule cualquier organismo público o privado en cuanto afecte a los sistemas administrativos o las funciones y estructuras de los Servicios del Estado, con el objeto de velar por el efectivo cumplimiento de las bases generales de la Reforma Administrativa;

  4. Velar por el cumplimiento de las instrucciones y pautas técnicas que se impartan en ejercicio de sus facultades;

  5. Canalizar en un solo plan común las experiencias, conocimientos e iniciativas que...

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