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Decreto núm. 96, publicado el 05 de Agosto de 2014. CREA COMISIÓN ASESORA DE ESTUDIOS HABITACIONALES Y URBANOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyDecreto

CREA COMISIÓN ASESORA DE ESTUDIOS HABITACIONALES Y URBANOS

Santiago, 30 de junio de 2014.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 96.-Visto: La ley Nº 16.391; el decreto ley Nº 1.305, de 1975; el artículo 32, Nº 6 del DS Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República, que fija el texto refundido y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; el número 21 del punto 1 del artículo 1º del DS Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y

Considerando:

  1. La creación de la Comisión Asesora de Estudios Habitacionales y Urbanos, a través del decreto Nº 195 (V. y U.), de 2008, el cual fue derogado mediante el decreto Nº 73 (V. y U.), de 2011.

  2. La necesidad de que exista nuevamente en la estructura del Ministerio de Vivienda y Urbanismo una comisión asesora encargada de proponer medidas para optimizar y potenciar la gestión de estudios en materias de vivienda y urbanismo, en el marco de las políticas y programas ministeriales vigentes,

Decreto:

Artículo 1º

Créase en el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la Comisión Asesora de Estudios Habitacionales y Urbanos, dependiente del Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, que estará encargada de proponer mecanismos para la gestión y optimización de estudios en materias de vivienda y urbanismo.

Artículo 2º

Corresponderá a la Comisión Asesora de Estudios Habitacionales y Urbanos el desarrollo de las siguientes labores:

  1. Asesorar al Subsecretario de Vivienda y Urbanismo en la formulación de la política nacional de estudios habitacionales y urbanos, como asimismo en la formulación de los planes y programas anuales asociados a dicha política, que deben ser sometidos a la aprobación del Ministro de Vivienda y Urbanismo.

  2. Asesorar al Subsecretario de Vivienda y Urbanismo en los análisis estratégicos y proyecciones de la evolución territorial, urbana y de mercado, conforme a los requerimientos de planificación y evaluación de las políticas definidas por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

  3. Asesorar al Subsecretario de Vivienda y Urbanismo en la evaluación de políticas y programas sectoriales y de fenómenos relevantes en materias de vivienda, barrios y ciudades.

  4. Prestar asesoría para la recopilación, sistematización y difusión...

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