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Resolución núm. 2, publicada el 15 de Enero de 2009. DETERMINA COLEGIOS ESCRUTADORES QUE FUNCIONARÁN EN PLEBISCITO COMUNAL DEVITACURA, DE MARZO DE 2009

Publicado enDiario Oficial
EmisorSERVICIO ELECTORAL
Rango de LeyResolución

DETERMINA COLEGIOS ESCRUTADORES QUE FUNCIONARÁN EN PLEBISCITO COMUNAL DEVITACURA, DE MARZO DE 2009

Núm. O-2.- Santiago, 6 de enero de 2009.- Visto:

  1. Que por Resolución O-No 001 de fecha 06.01.2009, del Servicio Electoral, se determinó la cantidad de Mesas Receptoras de Sufragios y los números de los Registros Electorales que atenderá cada una de ellas, en el plebiscito comunal de Vitacura, que se realizará en marzo de 2009.

  2. Que cada Colegio Escrutador debe escrutar una cantidad de Mesas Receptoras no superior a doscientas, y 3º Lo dispuesto en los artículos 104 de la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; 80 y 166 de la Ley Nº 18.700, Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios; y 93 letra i) de la Ley Nº 18.556, Orgánica Constitucional sobre Sistema de Inscripciones Electorales y Servicio Electoral.

    Resuelvo:

  3. Determínase, para el Plebiscito Comunal de Vitacura que se celebrará el domingo 15 de marzo de 2009, el funcionamiento de dos (2) Colegios Escrutadores que tendrán las sedes y escrutarán las Mesas Receptoras de Sufragios que se señalan en nómina anexa, ordenada por región, y que forma parte integrante de la presente Resolución.

  4. Corresponderá a la Junta Electoral señalar los locales en que deberán funcionar los Colegios Escrutadores de su territorio jurisdiccional.

    Anótese, comuníquese y publíquese.- Elizabeth Cabrera Burgos, Directora...

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