Ordenanza núm. 8, publicada el 03 de Noviembre de 2011. MODIFICA COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES RELATIVOS A CONCESIONES DE CONSTRUCCIÓN O INSTALACIÓN EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO Y MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469369530

Ordenanza núm. 8, publicada el 03 de Noviembre de 2011. MODIFICA COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES RELATIVOS A CONCESIONES DE CONSTRUCCIÓN O INSTALACIÓN EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO Y MUNICIPALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN PEDRO DE ATACAMA
Rango de LeyOrdenanza

MODIFICA COBRO DE DERECHOS MUNICIPALES RELATIVOS A CONCESIONES DE CONSTRUCCIÓN O INSTALACIÓN EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO Y MUNICIPALES

Núm. 8.- San Pedro de Atacama, 6 de octubre de 2011.- Vistos:

  1. - Las ordenanzas Nº 9 del 20 de diciembre de 2007, Nº 4 del 22 de octubre de 2010, Nº 6 del 17 de noviembre del 2010 y Nº 4 del 28 de julio de 2011, que establecen los montos y cobro de los derechos municipales de la Municipalidad de San Pedro de Atacama;

  2. - La necesidad de modificar valores en la ordenanza local sobre derechos municipales por concesiones, permisos y servicios;

  3. - El certificado Nº 308, de fecha 6 de octubre de 2011, por el cual la señorita secretaria municipal certifica que en sesión ordinaria Nº 28, del Concejo Municipal de San Pedro de Atacama, celebrado el día 3 de octubre de 2011, se prestó el acuerdo para la dictación de la nueva ordenanza;

  4. - Teniendo presente lo dispuesto en los artículos 43 y demás pertinentes del DFL Nº 3.063, sobre rentas municipales y lo dispuesto en el artículo 5 letra d, 10, 56 letra i), 58 letras c) e i); 69 letra b), del DFL Nº1 - 19.704 de 2002, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, vengo en dictar la siguiente:

Ordenanza:

Artículo 1º

Introdúzcanse las siguientes modificaciones a la ordenanza ya señalada en los vistos de este cuerpo destinada básicamente modificar valores manteniendo la estructura establecida en la referida ordenanza y sus modificaciones, y estos son:

TÍTULO V Artículos 2 a 4

Derechos municipales relativos a concesiones de construcción o instalación en

Bienes Nacionales de Uso Público y Municipales

Artículo 13

Se modifica lo que sigue:

  1. - Puesto o locales en feria artesanal instalada en pasaje Gabriela Mistral

    s/n localidad San Pedro de Atacama:

    Valor metro cuadrado Mensual 0.19 UTM

    Valor metro cuadrado Semestral 1.13 UTM

    Valor metro cuadrado Anual 2.25 UTM

  2. - Arriendo de espacios municipales sin construcción por metro cuadrado:

    Valor metro cuadrado mensual 0.06 UTM

    Valor metro cuadrado semestral 0.36 UTM

    Valor metro cuadrado anual 0.72 UTM

Artículo 2º

Encomiéndese a Carabineros de Chile e Inspectores Municipales la fiscalización y control de la presente disposición reglamentaria, debiendo denunciar al Juzgado de Policía local a los infractores.

Artículo 3º

Entiéndase modificadas...

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