Resolucion núm. 135, el 18 de Febrero de 2006. PONE EN EJECUCION ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.366, DE 2005 Y MODIFICA REGLAMENTOS DE LOS COMITES: CNPC, PRODUCCION LIMPIA, PROINDUSTRIA, INNOVA BIO BIO, FONDO SUECO, SEGURO AGRICOLA Y SEP
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | CORPORACIÓN DE FOMENTO DE LA PRODUCCIÓN |
Rango de Ley | Resolución |
PONE EN EJECUCION ACUERDO DE CONSEJO Nº 2.366, DE 2005 Y MODIFICA REGLAMENTOS DE LOS COMITES: CNPC, PRODUCCION LIMPIA, PROINDUSTRIA, INNOVA BIO BIO, FONDO SUECO, SEGURO AGRICOLA Y SEP
Santiago, 26 de octubre de 2005.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 135.- Visto:
-
El Acuerdo de Consejo Nº 2.366, de 2005, que dispuso que en todos los Reglamentos de los siguientes Comités: Proindustria, Consejo Nacional de la Producción Limpia, Innova Bío Bío, Fondo Cooperación Sueco, Seguro Agrícola, Centro Nacional de la Productividad y la Calidad y SEP, se agregará un párrafo relativo a la forma en que se reemplazaría a los Directores Ejecutivos en caso de ausencia del titular.
-
Que conforme a lo dispuesto en el artículo 3º de la ley 19.880, las decisiones de los órganos administrativos colegiados deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.
-
Lo establecido en la ley Nº 6.640, en el Reglamento General de la Corporación, y lo señalado en la resolución Nº 55, de 1992, de la Contraloría General de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por resolución Nº 520, de 1996, y sus modificaciones posteriores,
Resuelvo:
-
Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 2.366, adoptado por el Consejo de Corfo con fecha 26 de agosto de 2005.
-
Modifícanse los Reglamentos de los Comités:
Proindustria, Consejo Nacional de la Producción Limpia, Innova Bío Bío, y Fondo Cooperación Sueco, aprobados por las resoluciones que a continuación se indicarán, en el sentido de incorporar, en la parte que se señala, el siguiente párrafo:
"El Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación, podrá designar uno o más reemplazantes del Director Ejecutivo, quien actuará en ausencia del titular, con todas sus facultades".
Comité Proindustria: Resolución (A) Nº 15, de 2002. Incorpóresele como párrafo final del punto 7º del Reglamento.
Comité Consejo Nacional de Producción Limpia:
Resolución (A) Nº 164, de 2000, modificada por resoluciones (A) Nºs. 78, de 2001, y 92, de 2002.
Incorpóresele como párrafo final del punto 5º del Reglamento.
Comité Innova Bío Bío: Resolución (A) Nº 30, de 2001, modificada por resolución (A) Nº 78, de 2001. Incorpóresele como párrafo final del punto 5º del Reglamento.
Comité Fondo Cooperación Sueco: Resolución (A) Nº 115, de 2002, modificada por...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba