Circular núm. 9837, publicada el 21 de Junio de 2019. ORDENA ABSTENCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS 'WAFLERAS ELÉCTRICAS' - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 794465605

Circular núm. 9837, publicada el 21 de Junio de 2019. ORDENA ABSTENCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS 'WAFLERAS ELÉCTRICAS'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyCircular

ORDENA ABSTENCIÓN DE COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS "WAFLERAS ELÉCTRICAS"

Núm. 9.837.- Santiago, 3 de mayo de 2019.

Ant.:

  1. Ley Nº 18.410, Orgánica de esta Superintendencia.

  2. Fiscalización Indirecta SEC, ACC Nº 2251758, de fecha 25.04.2019.

  3. Que los productos "Wafleras Eléctricas", son regulados por la normativa de artefactos eléctricos, sobre los cuales, esta Superintendencia conforme a las atribuciones otorgadas mediante la ley Nº 18.410, debe ejercer sus facultades de fiscalización.

  4. Que de acuerdo a los numerales 22 y 34, del artículo 3º, del Título I, de la Ley Nº 18.410, es facultad de esta Superintendencia adoptar las medidas que estime necesarias para la seguridad del público, siendo una de ellas la de impartir instrucciones de carácter general a las entidades sujetas a fiscalización, para efectos de cumplir sus objetivos definidos en el artículo 2º de la misma ley, entre ellos, asegurar la comercialización de productos con un determinado estándar de seguridad, según prescribe el artículo 3º Nº 14, de esta misma ley.

  5. Que esta Superintendencia en base a un proceso de fiscalización indirecta, referenciado en Ant. 2, revisó el día 25.04.2019 la oferta de productos de las páginas web: https://www.mercadolibre.cl/, https://www.meloncargo.com/ y https://www.gesat.cl/, detectando la comercialización de los productos "Wafleras Eléctricas", individualizadas en la Tabla Nº 1, las cuales carecen de certificación previa para su comercialización y además no cumplen con la cláusula 22.44 la norma IEC 60335-1, referente a que "Los aparatos no deben tener una envolvente que tenga la forma o esté decorada como un juguete, como ejemplos de dichas envolventes se pueden citar las que representan animales, personajes, personas o modelos a escala", constituyéndose estos productos en un peligro concreto inminente para la integridad de las personas, particularmente menores.

    Tabla Nº 1

  6. Por otra parte, el artículo 3º, número 14, inciso tercero, de la ley Nº 18.410, prescribe que esta Superintendencia tiene la facultad para retirar del comercio aquellos productos que estando obligados a contener certificados de aprobación, no cuentan con ellos.

  7. En este orden de ideas, y sin perjuicio de los procesos administrativos sancionatorios que corresponda realizar, cuando se constata que los productos no se encuentran sometidos al sistema de certificación o que estando sometidos al sistema de certificación, no se encuentran conformes con los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR