Circular núm. 9595, publicada el 03 de Septiembre de 2016. PROHÍBE LA COMERCIALIZACIÓN DEL PRODUCTO LINTERNA LED RECARGABLE, MARCA RAYOVAC, MODELO R7LED-CHI - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 648247761

Circular núm. 9595, publicada el 03 de Septiembre de 2016. PROHÍBE LA COMERCIALIZACIÓN DEL PRODUCTO LINTERNA LED RECARGABLE, MARCA RAYOVAC, MODELO R7LED-CHI

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyCircular

PROHÍBE LA COMERCIALIZACIÓN DEL PRODUCTO LINTERNA LED RECARGABLE, MARCA RAYOVAC, MODELO R7LED-CHI

Núm. 9.595.- Santiago, 27 de julio de 2016.

Ant.:

  1. Ley Nº 18.410, Orgánica de esta Superintendencia.

  2. Incidente Nº 151218-000492, de fecha 18.12.2015.

  3. Oficio Ord. Nº 2447, de fecha 01.03.2016, traslada denuncia y solicita información a la empresa Household Products Chile Comercial Ltda.

  4. Informe Técnico de la Investigación Nº ACC:1346600/DOC:1146705, de fecha 20.07.2016.

  5. - Que de acuerdo a lo señalado en el artículo 2º, del Título I, de la ley Nº 18.410, esta Superintendencia tiene por objeto principal fiscalizar que el uso de recursos energéticos no constituyan un peligro para las personas o cosas.

  6. - Que de acuerdo a los numerales 22 y 34, del artículo 3º, del Título I, de la ley Nº 18.410, es facultad de esta Superintendencia adoptar las medidas que estime necesarias para la seguridad del público, siendo una de ellas la de impartir instrucciones de carácter general a las entidades sujetas a fiscalización, para efectos de cumplir sus objetivos definidos en el artículo 2º de la misma ley.

  7. - Que mediante denuncia referenciada en Ant. 2, un usuario señaló que compró 4 linternas recargables, individualizado en la siguiente Tabla, en la ciudad de Talcahuano, y que en momentos que era recargada una de ellas (2 horas y 15 minutos), se incendió y quemó algunas cosas de su domicilio, produciéndole además quemaduras en su mano.

  8. - Que mediante Ant. 3., se traslada denuncia y solicita información a la empresa Household Products Chile Comercial Ltda. Adicionalmente se le solicita definir un laboratorio de ensayos de terceros, para la realización de ensayos que esta Superintendencia estime conveniente, con el propósito de determinar la(s) posible(s) causa(s) de falla(s) del producto.

  9. - Que de acuerdo a los resultados del informe de ensayos de Ant. 4, el producto Linterna Led Recargable, marca Rayovac, modelo R7led-CHI, no cumplió con las cláusulas 13.3.1 y 15.3.5, de la norma IEC 60598-1:2008 - Luminarias Parte 1: Requisitos generales - ensayos y la Verificación de las dimensiones del enchufe, de la norma CEI 23-50 Tomacorrientes y fichas para uso doméstico y similar.

  10. - Que vistos los antecedentes del punto precedente, sobre la falla que se puede producir en los...

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