Circular núm. 6855, publicada el 28 de Junio de 2017. PROHÍBE LA COMERCALIZACIÓN DEL PRODUCTO LINTERNA LED RECARGABLE, MARCA COMPLETEL, MODELO CR-01W - MINISTERIO DE ENERGÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 684165217

Circular núm. 6855, publicada el 28 de Junio de 2017. PROHÍBE LA COMERCALIZACIÓN DEL PRODUCTO LINTERNA LED RECARGABLE, MARCA COMPLETEL, MODELO CR-01W

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyCircular

PROHÍBE LA COMERCALIZACIÓN DEL PRODUCTO LINTERNA LED RECARGABLE, MARCA COMPLETEL, MODELO CR-01W

Núm. 6.855.- Santiago, 4 de mayo de 2017.

Ant.:

  1. Ley N° 18.410, Orgánica de esta Superintendencia.

  2. Denuncia del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), ingresada a SEC bajo la ACC N° 1493458/DOC N° 1314100, de fecha 27.03.2017.

  3. Informe de Ensayos N° AAÑ-03-17- 40931, de fecha 10.03.2017.

  4. Que de acuerdo a lo señalado en el Artículo 2°, del Título I, de la ley N° 18.410, esta Superintendencia tiene por objeto principal fiscalizar que el uso de recursos energéticos no constituya un peligro para las personas o cosas.

  5. Que de acuerdo a los numerales 22 y 34, del artículo 3°, del Título I, de la ley N° 18.410, es facultad de esta Superintendencia adoptar las medidas que estime necesarias para la seguridad del público, siendo una de ellas la de impartir instrucciones de carácter general a las entidades sujetas a fiscalización, para efectos de cumplir sus objetivos definidos en el artículo 2° de la misma ley.

  6. Que mediante denuncia referenciada en ANT. 2, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó a esta Superintendencia que un usuario compró una linterna recargable, individualizada en la siguiente Tabla, la cual al ser cargada se derritió, adjuntando además el informe de ensayos del producto en cuestión señalado en ANT. 3, para la revisión por parte de esta Superintendencia.

    Tabla N° 1

  7. Que de acuerdo a revisión por esta Superintendencia del informe de ANT. 3, se puede observar que el enchufe del producto en cuestión, no tiene fundas aislantes, lo que puede provocar el peligro de electrocución a los usuarios al momento de tocar los pines del enchufe, cuando se conecta el producto a la red eléctrica. Debido a que el pin del enchufe se encuentra totalmente desnudo sin poder contar con una funda aislante que pueda proteger a los usuarios de recibir una descarga eléctrica y la constante manipulación del usuario con este producto al momento de conectarlo a la red eléctrica para cargarlo, es que esta Superintendencia ha determinado que este producto genera un riesgo inminente hacia las personas.

  8. Esta Superintendencia estableció la obligatoriedad de certificación para este tipo de productos, bajo el Protocolo de Ensayos PE...

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