Circular núm. 345, publicada el 12 de Febrero de 2020. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA NOTIFICACIÓN DEL FUN A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DURANTE EL ÚLTIMO CUATRIMESTRE DEL AÑO - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 840081057

Circular núm. 345, publicada el 12 de Febrero de 2020. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA NOTIFICACIÓN DEL FUN A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DURANTE EL ÚLTIMO CUATRIMESTRE DEL AÑO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyCircular

IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA NOTIFICACIÓN DEL FUN A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR PÚBLICO DURANTE EL ÚLTIMO CUATRIMESTRE DEL AÑO

Núm. 345.- Santiago, 8 de enero de 2020.

Esta Intendencia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 107, 110 Nº 2, del DFL Nº 1, de 2005, de Salud y, en especial, los artículos 184, 185 y 186, imparte las siguientes instrucciones a las Instituciones de Salud Previsional.

  1. INTRODUCCIÓN

    El decreto 159/1982, del Ministerio de Hacienda, estableció las siguientes fechas de pago de sueldos para el sector público:

    Día 18: Servicios dependientes del Ministerio de Educación Pública.

    Día 19: Presidencia de la República, Poder Legislativo, Poder Judicial, Contraloría General de la República y Servicios dependientes de los Ministerios del Interior y de Hacienda y Secretaría General de Gobierno.

    Día 21: Servicios dependientes del Ministerio de Defensa Nacional. Incluye, además, al Ministerio de Planificación y Cooperación, al Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República y al Ministerio Público.

    Día 22: Servicios dependientes de los Ministerios de Relaciones Exteriores, Economía, Fomento y Reconstrucción, de Justicia, de Bienes Nacionales y de Vivienda y Urbanismo. Tratándose del personal de los Centros de Administración Directa del Servicio Nacional de Menores, dependiente del Ministerio de Justicia, el ajuste mensual se efectuará el último día hábil del respectivo mes.

    Día 23: Servicios dependientes de los Ministerios de Obras Públicas, Agricultura, del Trabajo y Previsión Social, de Minería y de Transportes y Telecomunicaciones.

    Día 24: Servicios dependientes del Ministerio de Salud Pública.

    Asimismo, le compete al Ministerio de Hacienda, además, fijar mediante un decreto, la fecha de pago de las remuneraciones correspondientes al último cuatrimestre de cada año. En efecto, las fechas de pago de los sueldos del personal de la Administración Pública se adelantan respecto de las establecidas en el citado decreto Nº 159, en los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de cada año. Esto provoca que en muchos casos la notificación del Formulario Único de Notificación (FUN), ya sea de suscripción o modificación del contrato de salud, quede desfasado respecto del proceso de cálculo y pago de remuneraciones.

  2. OBJETIVO

    Establecer un criterio uniforme para regularizar la notificación del FUN en los meses del último cuatrimestre de cada año, en el que se adelanta el proceso de...

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