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Decreto núm. 33, publicado el 10 de Abril de 1990. AUTORIZA CIRCULACION SIN DISCO DISTINTIVO A VEHICULO QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA CIRCULACION SIN DISCO DISTINTIVO A VEHICULO QUE INDICA

Santiago, 19 de Febrero de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 33.- Visto: el oficio No. 0480 de 07 de febrero de 1990, del Sr. Director del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, lo dispuesto en el decreto ley No. 799, de 1974, modificado por el decreto con fuerza de Ley No. 12-2345, de 1979, del Ministerio del Interior; las instrucciones impartidas por la Contraloría General de la República en su Oficio No. 9277, de 1975; las facultades, que me confiere el artículo 32, No. 8 de la Constitución Política de la República de Chile,

Considerando: la necesidad de que el vehículo asignado a la Dirección del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, circule desprovisto del correspondiente disco distintivo, a objeto de ejercer las funciones de supervisión y control que le competen,

Decreto

  1. - Autorízase la circulación sin disco distintivo a que se refiere el artículo 3° del DL No. 799, de 1974, del vehículo perteneciente a la dotación del S.S. Metropolitano Occidente que a continuación se indica:

- Marca: Ford.

- Año: 1989

-...

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