Resolución núm. 4701 EXENTA, publicada el 04 de Julio de 2014. LEVANTA MEDIDAS DE CONTROL OBLIGATORIO DEL CHINCHE DE LOS EUCALIPTOS (THAUMASTOCORIS PEREGRINUS) Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.080 DE 2003, QUE ESTABLECE CRITERIOS DE REGIONALIZACIÓN, EN RELACIÓN A LAS PLAGAS CUARENTENARIAS PARA EL TERRITORIO DE CHILE - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 518323018

Resolución núm. 4701 EXENTA, publicada el 04 de Julio de 2014. LEVANTA MEDIDAS DE CONTROL OBLIGATORIO DEL CHINCHE DE LOS EUCALIPTOS (THAUMASTOCORIS PEREGRINUS) Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.080 DE 2003, QUE ESTABLECE CRITERIOS DE REGIONALIZACIÓN, EN RELACIÓN A LAS PLAGAS CUARENTENARIAS PARA EL TERRITORIO DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

LEVANTA MEDIDAS DE CONTROL OBLIGATORIO DEL CHINCHE DE LOS EUCALIPTOS (THAUMASTOCORIS PEREGRINUS) Y MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 3.080 DE 2003, QUE ESTABLECE CRITERIOS DE REGIONALIZACIÓN, EN RELACIÓN A LAS PLAGAS CUARENTENARIAS PARA EL TERRITORIO DE CHILE

Núm. 4.701 exenta.- Santiago, 24 de junio de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; y las resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 3.080 de 2003, Nº 4.798 de 2009; y sus modificaciones

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) es la autoridad oficial encargada de velar por la protección del patrimonio fitosanitario del país.

  2. Que, el Chinche de los eucaliptos, Thaumastocoris peregrinus (Hemiptera: Thaumastocoridae), está considerada en el país como plaga cuarentenaria presente sometida a control oficial, que afecta a especies del género Eucalyptus.

  3. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero, con el apoyo de las empresas forestales, ingresó al país el enemigo natural específico de la plaga -Cleruchoides noackae- para su control biológico.

  4. Que, una vez cumplidos los protocolos de cuarentena de enemigos naturales, se masificó y liberó a Cleruchoides noackae en predios positivos a Thaumastocoris peregrinus, confirmándose su establecimiento el año 2011.

  5. Que, Cleruchoides noackae ha logrado controlar la plaga y dispersarse naturalmente, según el avance de la plaga.

  6. Que, de acuerdo a las evaluaciones realizadas por el Servicio, la plaga se presenta actualmente controlada y restringida a algunas comunas de las regiones de Valparaíso y Metropolitana,

  7. Que, según la evaluación de la condición fitosanitaria actual de la plaga Thaumastocoris peregrinus en el país, se estima pertinente levantar las medidas fitosanitarias establecidas contra la plaga en la resolución indicada en los vistos, en consideración al resultado de su control biológico.

    Resuelvo:

  8. Levántese...

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