Decreto núm. 8 EXENTO, publicado el 06 de Febrero de 2006. DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO LOS BIENES MUEBLES QUE INDICA, PERTENECIENTES AL INTERNADO NACIONAL BARROS ARANA, UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGION METROPOLITANA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470490526

Decreto núm. 8 EXENTO, publicado el 06 de Febrero de 2006. DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO LOS BIENES MUEBLES QUE INDICA, PERTENECIENTES AL INTERNADO NACIONAL BARROS ARANA, UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGION METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto

DECLARA MONUMENTO NACIONAL EN LA CATEGORIA DE MONUMENTO HISTORICO LOS BIENES MUEBLES QUE INDICA, PERTENECIENTES AL INTERNADO NACIONAL BARROS ARANA, UBICADO EN LA COMUNA Y PROVINCIA DE SANTIAGO, REGION METROPOLITANA

Núm. 8 exento.- Santiago, 4 de enero de 2006.- Considerando:

Que, la más que centenaria trayectoria del Liceo A-17, Internado Nacional Barros Arana, confirma la visión de quienes lo concibieron y crearon, por cuanto corresponde a la de un establecimiento educacional señero en la formación de numerosas generaciones de chilenos.

Que, lo anterior se aprecia, entre otros aspectos, en las personalidades descollantes en los diversos ámbitos del quehacer nacional que han pasado por sus aulas tales como Nicanor Parra (Premio Nacional de Literatura, 1969), R.P Gabriel Guarda (Premio Nacional de Historia, 1984), Patricio Aylwin Azócar (Ex Presidente de la República), por nombrar a algunos.

Que, la protección de la colección de los bienes muebles que guarnecen este establecimiento educacional es funcional al objetivo de perpetuar su memoria histórica y trascendental para preservar su legado, inspirando a las futuras generaciones a emprender desafíos tan importantes para el desarrollo del país, como los que se trazaron los gestores del Liceo A-17, Internado Nacional Barros Arana, a fines del siglo XIX y comienzos del XX.

Que, por sus valores históricos y educativos el Liceo A-17, Internado Nacional Barros Arana, está comprendido dentro del Programa de Patrimonio Educativo que realizan el Ministerio de Educación, el Consejo de Monumentos Nacionales y la UNESCO.

Que, apoyan esta declaración de Monumento Nacional aproximadamente 1.300 integrantes de la comunidad educativa del Liceo A-17, Internado Nacional Barros Arana, como profesores, alumnos, funcionarios, centro de padres, ex alumnos y ex rectores, según consta de los documentos con las firmas de apoyo; y

Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 17.288 de 1970; decreto supremo Nº 19 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; acuerdo de sesión de 7 de septiembre de 2005 del Consejo de Monumentos Nacionales; Ord. Nº 4.015 del Secretario del Consejo de Monumentos Nacionales, de 7 de diciembre de 2005; Ord. Nº 253 de Rector (S) del Internado Nacional Barros Arana, de 19 de julio de 2005; listado de apoyo a la declaración de Monumento Histórico para el Internado Nacional Barros Arana; resolución Nº 520 de 1996, de la Contraloría General de la República y en los artículos...

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