Decreto 116 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO SANTIAGO - LOS VILOS' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 2 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 428601082

Decreto 116 - MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO SANTIAGO - LOS VILOS' Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 2

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor21 de Marzo de 2013

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN RUTA 5 TRAMO SANTIAGO - LOS VILOS" Y APRUEBA CONVENIO AD-REFERÉNDUM N° 2

Núm. 116.- Santiago, 25 de enero de 2013.- Vistos:

- El DFL MOP N° 850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL N° 206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP N° 900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 19°.

- El decreto supremo MOP N° 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial el artículo 69°.

- El decreto supremo MOP N° 845, de fecha 14 de octubre de 1996, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los Km. 10,86 y 229,10, de la Ruta 5 Norte, denominadas "Concesión Ruta 5 Tramo Santiago - Los Vilos".

- El decreto supremo MOP N° 4, de fecha 3 de enero de 2002, que aprobó el Convenio Complementario N° 4 de modificación del contrato de concesión, suscrito con fecha 27 de diciembre de 2001, entre el Ministerio de Obras Públicas y la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 0259//09, de fecha 3 de junio de 2009, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 000231, de fecha 11 de junio de 2010, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 000293, de fecha 20 de junio de 2011, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 000303, de fecha 29 de julio de 2010, del Inspector Fiscal.

- El memorándum N° 051/092, de fecha 27 de septiembre de 2010, del Jefe de la División de Planificación, Estudios e Inversión de Mideplan.

- El oficio Ord. N° 000471, de fecha 17 de diciembre de 2010, del Inspector Fiscal.

- La resolución DGOP (exenta) N° 111, de fecha 14 de enero de 2011.

- El decreto supremo MOP N° 196, de fecha 19 de abril de 2011.

- El oficio Ord. N° 132, de fecha 17 de marzo de 2011, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 42, de fecha 6 de febrero de 2012, del Inspector Fiscal.

- La carta GG N° 009/2012, de fecha 7 de febrero de 2012, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 47, de fecha 9 de febrero de 2012, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 21, de fecha 13 de febrero de 2012, del Jefe de la División de Explotación de Obras Concesionadas.

- La resolución DGOP (exenta) N° 1.172, de fecha 12 de marzo de 2012.

- El oficio Ord. N° 000161, de fecha 20 de abril de 2012, del Inspector Fiscal.

- La carta GG N° 0042/2012, de fecha 20 de abril de 2012, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta GG N° 0050/2012, de fecha 23 de abril de 2012, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta GG N° 057/2012, de fecha 2 de mayo de 2012, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 000191, de fecha 9 de mayo de 2012, del Inspector Fiscal (S).

- Las cartas GG N° 091/12 y GG N° 0096/2012, de fechas 1 y 8 de junio de 2012, respectivamente, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta GG N° 0098/2012, de fecha 8 de junio de 2012, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta GG N° 0094/2012, de fecha 8 de junio de 2012, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 000250, de fecha 19 de junio de 2012, del Inspector Fiscal (S).

- El oficio Ord. N° 000262, de fecha 22 de junio de 2012, del Inspector Fiscal.

- La carta oficial N° 197/2012, de fecha 28 de junio de 2012, del Director Ejecutivo de la Corporación Nacional Forestal OC.

- La carta GG N° 0112/2012, de fecha 6 de julio de 2012, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 000289, de fecha 6 de julio de 2012, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 000290/12, de fecha 6 de julio de 2012, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 000302, de fecha 11 de julio de 2012, del Inspector Fiscal.

- La resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

  2. Que el artículo 69° N° 4 del Reglamento agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  3. Que el MOP ha dispuesto un Programa de Mejoramiento de Obras Concesionadas, con el objeto de adaptar las actuales condiciones a las normas técnicas y necesidades de los usuarios. En tal sentido, para el contrato "Concesión Ruta 5, Tramo Santiago - Los Vilos", en adelante indistintamente denominado el "Contrato de Concesión", se ha determinado un Plan de Mejoramiento del Contrato de Concesión, que contempla como prioridad elaborar, desarrollar, tramitar y ejecutar las labores, estudios y obras que se singularizan en el presente decreto supremo.

  4. Que, la Cuesta Las Chilcas tiene un estándar de servicio menor que el del resto del Contrato de Concesión. Por ello, la Sociedad Concesionaria elaboró el proyecto denominado "Mejoramiento Cuesta Las Chilcas", cuya ingeniería de detalle y Estudio de Impacto Ambiental referencial, fueron aprobados por el Inspector Fiscal mediante oficios Ord. N° 0259/09, de 3 de junio de 2009, y N° 000231/10, de 11 de junio de 2010, respectivamente, en adelante "PID Obras Cuesta Las Chilcas".

  5. Que de acuerdo a lo señalado en el número 6.4.1.1. del Estudio de Impacto Ambiental referencial, indicado en el considerando 4° anterior, denominado "Reducción de la Cobertura Vegetal y Disminución de la Diversidad Biológica", se debe desarrollar un "Plan de Manejo Forestal" que permita implementar las medidas necesarias para solucionar los impactos del medio biótico definidos en dicho estudio, en adelante "Plan de Manejo Forestal".

  6. Que como parte de las medidas de mitigación ambiental que determinó el indicado Estudio de Impacto Ambiental referencial, la Sociedad Concesionaria desarrolló el anteproyecto que fue aprobado por el Inspector Fiscal mediante oficio Ord. N° 000293, de 20 de junio de 2011. Para estos efectos, se requiere elaborar los proyectos de ingeniería de detalle definitiva de dicho anteproyecto, en adelante "PID Mitigación Ambiental". Asimismo, concluido aquel y aprobado por el Inspector Fiscal, la Sociedad Concesionaria deberá ejecutar dichas obras, en adelante las "Obras Mitigación Ambiental" y, ambas en conjunto, "Mitigación Ambiental Cuesta Las Chilcas".

  7. Que, al respecto, mediante oficio Ord. N° 000303, de 29 de julio de 2010, el Inspector Fiscal solicitó al Jefe de la División de Planificación, Estudios e Inversión de Mideplan revalidar las autorizaciones otorgadas por la mesa técnica integrada por Conaset, Sectra, Mideplan, Dirección de Vialidad y Dirección de Planeamiento en octubre del año 2009 para disponer la ejecución de, entre otras, las obras del proyecto denominado "Mejoramiento Cuesta Las Chilcas".

  8. Que mediante memorándum N° 051/092, de 27 de septiembre de 2010, el Jefe de la División de Planificación, Estudios e Inversión de Mideplan, informó a la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda su validación respecto a disponer la ejecución de las citadas obras.

  9. Que el MOP estimó de interés público y urgencia modificar las características de las obras y servicios del Contrato de Concesión, en el sentido de: i) elaborar y tramitar el "Plan de Manejo Forestal"; ii) ejecutar las obras del proyecto denominado "Mejoramiento Cuesta Las Chilcas", de acuerdo a: 1) El proyecto de ingeniería de detalle definitiva y al Estudio de Impacto Ambiental referencial, ambos singularizados en el considerando 4° anterior, y 2) las especificaciones señaladas por el Inspector Fiscal en la Minuta que adjuntó a su oficio Ord. N° 42, de fecha 6 de febrero de 2012; en adelante, "Obras Cuesta Las Chilcas"; y iii) Elaborar y ejecutar la "Mitigación Ambiental Cuesta Las Chilcas". En adelante estas modificaciones al contrato se denominan conjuntamente como "Mejoramiento Cuesta Las Chilcas", las que tienen por finalidad mejorar el estándar de seguridad vial del sector, nivelándolo con el resto del Contrato de Concesión.

  10. Que, habida consideración del aumento de asentamientos humanos en diversos sectores adyacentes a la ruta, que afecta el estándar de servicio y conectividad del tramo interurbano de la Concesión y la fuerte demanda de las comunidades aledañas, municipios, parlamentarios y autoridades regionales, por la implementación de nuevas obras que permitan las conectividades locales, el MOP está desarrollando el programa denominado "Servicialidad".

  11. Que, dentro del programa Servicialidad, se encuentra prevista la solución definitiva de conectividad en el sector de Pichidangui de la Ruta 5, Tramo Santiago - Los Vilos, consistente en la construcción de un atravieso desnivelado para el tránsito de vehículos livianos y mayores, que dé conectividad bidireccional a los sectores oriente y poniente de Pichidangui, y a éstos con la Ruta 5, mediante empalme a las calles de servicio existentes.

  12. Que el MOP estimó de interés público y urgencia modificar las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido de disponer la ejecución de: i) el "Estudio de Ingeniería del Proyecto a Nivel Definitivo del Atravieso Pichidangui Sur", en adelante "PID Atravieso Pichidangui Sur"; y ii) la obra denominada "Atravieso Pichidangui Sur", según los resultados del estudio de ingeniería citado en el número i) precedente, en...

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