Resolución núm. 14361 EXENTA, publicada el 22 de Enero de 2014. APRUEBA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE 'SOLICITUD PARA CALIFICAR DE ININTERRUMPIDA LA PERMANENCIA EN EL EXTRANJERO', 'SOLICITUD DE CERTIFICADO DE VALOR', Y DE 'SOLICITUD DE REBAJA O EXENCIÓN DE MULTA POR DESADUANAMIENTO O REEXPORTACIÓN'
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA DE "SOLICITUD PARA CALIFICAR DE ININTERRUMPIDA LA PERMANENCIA EN EL EXTRANJERO", "SOLICITUD DE CERTIFICADO DE VALOR", Y DE "SOLICITUD DE REBAJA O EXENCIÓN DE MULTA POR DESADUANAMIENTO O REEXPORTACIÓN"
Núm. 14.361 exenta.- Valparaíso, 31 de diciembre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 3º, 5º y 8º de la ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y los artículos 4º, 5º y 19 de la Ley Nº 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. El Instructivo Presidencial Nº 2 del 17 de agosto de 2012, que imparte directrices sobre la simplificación, digitalización y eliminación de trámites públicos. El decreto exento Nº 5.108, de 26 de diciembre 2013, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y la resolución exenta Nº 14.202, de 27 de diciembre 2013, que aprueba Convenio de Cooperación para la Implementación del Sistema Tecnológico "Simple".
Considerando:
Que, en el contexto de la iniciativa Chile Sin Papeleo, instituida por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, se ha puesto a disposición de los servicios públicos la herramienta "Simple" para el modelado y tramitación electrónica de trámites;
Que este Servicio ha propuesto incorporar a dicha iniciativa los trámites "Solicitud para calificar de ininterrumpida la permanencia en el extranjero", "Solicitud de certificado de Valor", y "Solicitud de rebaja o exención de multa por desaduanamiento o reexportación".
Que los referidos trámites ya se encuentran modelados y disponibles para el uso del público;
Que el manual de trámite sistema simple se encuentra disponible para los usuarios internos.
Teniendo presente: Lo dispuesto en el artículo 4º, numerales 7º y 8º del DFL Nº 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio, y la resolución Nº 1.600 del año 2008, de la Contraloría General de la República sobre la exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:
Resolución:
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Apruébase la tramitación electrónica de la "Solicitud para calificar de ininterrumpida la permanencia en el extranjero", de la "Solicitud de Certificado de Valor", y de la "Solicitud de Rebaja o Exención de Multa por Desaduanamiento o Reexportación".
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Apruébase las siguientes instrucciones de llenado de los trámites:
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SOLICITUD PARA CALIFICAR DE ININTERRUMPIDA LA PERMANENCIA EN EL EXTRANJERO
El Usuario Externo o Solicitante, ingresa al link https://aduana.chilesinpapeleo.cl/tramites/disponibles, a través del cual podrá acceder a los trámites que el Servicio de Aduanas tenga disponibles, en donde selecciona el trámite de solicitud para calificar de ininterrumpida la permanencia en el extranjero.
Una vez que se ha ingreso al trámite, se deben completar los siguientes campos:
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