Decreto núm. 28, publicado el 28 de Octubre de 1993. AUTORIZA SORTEO QUE INDICA A BENEFICIO DE LA FUNDACION ESPERANZA Y FUNDACION NIÑO Y PATRIA DE LA XII REGION - MINISTERIO DEL INTERIOR - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 496172154

Decreto núm. 28, publicado el 28 de Octubre de 1993. AUTORIZA SORTEO QUE INDICA A BENEFICIO DE LA FUNDACION ESPERANZA Y FUNDACION NIÑO Y PATRIA DE LA XII REGION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA SORTEO QUE INDICA A BENEFICIO DE LA FUNDACION ESPERANZA Y FUNDACION NIÑO Y PATRIA DE LA XII REGION

Punta Arenas, 7 de octubre de 1993.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm 28.- Vistos:

  1. Lo dispuesto en el Decreto del Ministerio del Interior N° 955, publicado en el Diario Oficial de 24.06.74; modificado por el Decreto del Ministerio del Interior N° 1.309, publicado en el Diario Oficial de 21.09.74;

  2. El Decreto del Ministerio del Interior N° 969, publicado en el Diario Oficial de 22.08.75; y, 3. El D.S. N° 291 (I), de 20.03.93, que fijó texto refundido de la Ley N° 19.175, de 11.11.92, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional.

  3. Ord. N° 4 de 01.10.93 de la Fundación Esperanza y Fundación Niño y Patria XII Región.

    Decreto:

  4. Autorízase a la Fundación Esperanza y Fundación Niño y Patria XII Región, para que realicen un Sorteo denominado Bingo, que será transmitido por el Canal 6 de Televisión Nacional de Chile, de esta ciudad, el día 6 de Noviembre de 1993, según Convenio que obra en poder de esta Intendencia y que fue suscrito por dichas instituciones y el Canal antes señalado.

  5. El referido Bingo, difundido en la forma aludida, se realizará el día 05 de Noviembre de 1993 ante Notario Público.

  6. El número máximo de cartones a vender es de 18.000 y el valor de cada uno de ellos será de cuatrocientos pesos ($400.-)

  7. En el mencionado Sorteo se distribuirán, entre los favorecidos con los números que se pongan a la venta, los siguientes premios:

    _______________________________________________________

    | NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.702 DEL DIA JUEVES |

    | 28 DE OCTUBRE DE 1993, PAGINA 3 |

    |_____________________________________________________|

    Aun cuando no se venda el total de los números, los Organizadores están obligados a Sortear el total de los premios.

  8. Las utilidades de este Sorteo se destinarán a solventar gastos de implementos para talleres de capacitación, equipamiento de inmueble y vestuario de menores atendidos por la Fundación Esperanza, y ampliación y equipamiento de inmueble y vestuario de menores asistidos por el Hogar de Carabineros "Efraín Riquelme".

  9. El sorteo deberá...

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