Aviso núm. S/N, publicado el 29 de Octubre de 2012. REGLAMENTO REGIONAL FONDO CONCURSABLE DE SEGURIDAD CIUDADANA, AÑO 2012 - GOBIERNO REGIONAL IX REGIÓN DE LA ARAUCANÍA - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468981806

Aviso núm. S/N, publicado el 29 de Octubre de 2012. REGLAMENTO REGIONAL FONDO CONCURSABLE DE SEGURIDAD CIUDADANA, AÑO 2012

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL IX REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Rango de LeyAviso

REGLAMENTO REGIONAL FONDO CONCURSABLE DE SEGURIDAD CIUDADANA, AÑO 2012

I. GENERALIDADES

  1. ANTECEDENTES GENERALES

    La ley Nº 20.557 que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2012, en la partida 05 Ministerio del Interior y Seguridad Pública, glosa 02, punto 2.1, común para todos los programas 02 de los Gobiernos Regionales, autoriza que hasta el 2% del total de los recursos correspondientes a cada gobierno regional, pueda ser destinado a subvencionar actividades de seguridad ciudadana que efectúen la Intendencia, las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro.

    Las orientaciones impartidas por el Subsecretario de Prevención del Delito, según oficio Nº 514 de fecha 22 de febrero de 2012.

  2. NORMAS DE DIFUSIÓN

    El presente Reglamento, las Orientaciones Técnicas impartidas por el Subsecretario de Prevención del Delito y el Formulario de postulación estarán a disposición de los proponentes en la Oficina de Partes del Gobierno Regional de La Araucanía, ubicada en calle Vicuña Mackenna Nº 290, piso 1º, de la ciudad de Temuco, y en la página web www.laaraucania.cl o www.gorearaucania.cl.

    Los proyectos deberán ser presentados en el formato único que será proporcionado por el Gobierno Regional en cumplimiento con las exigencias del presente Reglamento, y deberán adjuntar la documentación pertinente que se señala en el Nº 4 del Título III de este Reglamento.

  3. RESTRICCIONES E INHABILIDADES

    No podrán postular proyectos, las entidades que al momento de postular se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:

    1. Que hayan puesto término anticipado a la ejecución de un proyecto, sin la autorización del Gobierno Regional, en caso que ello fuere procedente, o contraviniendo las normas contenidas en el convenio suscrito al efecto.

    2. Que tengan entre sus directores y/o administradores a personas que posean la calidad de autoridades y/o funcionarios del Gobierno Regional o que presten servicios como contratados a honorarios en el mismo, tratándose de postulaciones de instituciones privadas sin fines de lucro.

    3. Que tengan entre sus directores y/o administradores a personas que posean la calidad de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive, de autoridades o funcionarios o personas contratadas a honorarios del Gobierno Regional, tratándose de postulaciones de instituciones privadas sin fines de lucro.

    4. Aquellas en cuyos estatutos figuren como directores y/o administradores, personas que tengan litigios pendientes con el Gobierno Regional, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, tratándose de postulaciones de instituciones privadas sin fines de lucro.

    5. Aquellas a las que se les ha puesto término anticipado a un contrato previo suscrito con el Gobierno Regional, por causal imputable a esa entidad, dentro de los cuatro años anteriores a su postulación.

    Cualquier contravención a la presente disposición, generará la inmediata exclusión del proyecto postulado.

  4. CARACTERÍSTICAS DEL FINANCIAMIENTO

    Una vez aprobados los proyectos por el Consejo Regional, el Gobierno Regional realizará la transferencia de estos recursos a las entidades beneficiadas, previa suscripción del Convenio de Subvención. Los recursos transferidos deberán ser utilizados en el proyecto aprobado y cualquier cambio deberá ser autorizado oportunamente por el Sr. Intendente y Ejecutivo del Gobierno Regional -o por el funcionario a quien éste hubiere delegado especialmente esta función- y por el Consejo Regional de La Araucanía.

  5. ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

    Por la sola presentación de un proyecto a esta Convocatoria se entiende, para todos los efectos legales, que el postulante conoce y acepta el contenido íntegro del presente Reglamento.

    En el evento que un proyecto involucre derechos de propiedad intelectual de terceros, corresponderá a su responsable el cumplimiento de la normativa vigente sobre derechos de autor. Sin perjuicio de lo indicado, se deberá acompañar autorización expresa del titular de los derechos, con firma autorizada ante notario público.

  6. DEVOLUCIÓN DE ANTECEDENTES

    No se devolverán los antecedentes, documentos o información de los proyectos postulados.

    II. INICIATIVAS QUE SE FINANCIAN

    A.1. CLASIFICACIÓN, TIPOS, TEMÁTICAS Y TIPOLOGÍAS DE PROYECTOS

    Los proyectos podrán ser clasificados como "Nuevos", de "Continuidad" o de "Intervención Breve".

    Se entenderán como "Nuevos", aquellos que apunten a intervenir lugares mediante actividades como, asimismo, trabajar con personas que no hayan sido atendidas previamente o que, también, apunten a cubrir una demanda que no se haya satisfecho previamente en cierto territorio.

    Se entenderán como de "Continuidad", principalmente, aquellos proyectos de Intervención Social que con los recursos puedan continuar su ejecución. Los proyectos de Intervención Situacional podrán ser considerados de "Continuidad", sólo en aquellos casos en que el proyecto apunte a completar una etapa inconclusa.

    Se entenderán como de "Intervención Breve" aquellos proyectos nuevos que no superen los $5.000.000.- (cinco millones de pesos) y que apunten a satisfacer una necesidad local exclusivamente mediante prevención situacional.

    De esta manera, los proyectos clasificados como de Intervención Breve sólo podrán ser del Tipo de "Intervención Situacional"; sin embargo, los proyectos clasificados como "Nuevos" o de "Continuidad" podrán versar tanto sobre los tipos de Intervención Situacional como de Intervención Social.

    . Clasificación: Nuevo o de Continuidad

    - Tipo: Intervención Social

    . Temáticas: Prevención Social, Asistencia a

    Víctimas, Reinserción Social

    - Tipo: Intervención Situacional

    . Temática: Prevención Situacional.

    . Clasificación: Intervención Breve

    - Tipo: Intervención Situacional

    . Temática: Prevención Situacional.

    Para los efectos anteriores, se entenderá por:

    1. Prevención Social: Proyectos dirigidos a disminuir factores de riesgo y potenciar factores protectores a las conductas violentas o transgresoras de ley, para prevenir el surgimiento de carreras delictivas en grupos vulnerables o en riesgo social. Las tipologías pertenecientes a esta temática son:

      o Prevención de conductas transgresoras y/o

      constitutivas de delitos de Niños/as y Adolescentes.

      o Prevención de la violencia escolar.

      o Prevención de la violencia interpersonal comunitaria

      a través del sistema de Justicia Local.

    2. Prevención Situacional: Proyectos destinados a disminuir la probabilidad de comisión de delitos de oportunidad y reducir la percepción de inseguridad de la población a través de actividades en espacios urbanos. Las tipologías pertenecientes a esta temática son:

      o Actividades de Vigilancia Comunal.

      o Alarmas de Coordinación Vecinal.

      o Acciones para Iluminación Vecinal.

      o Actividades para la Recuperación de Espacios

      Públicos.

    3. Asistencia a Víctimas: Proyectos destinados a apoyar y asistir a personas que hayan sido víctimas de un delito, así como también a mejorar la percepción de seguridad pública de comunidades expuestas a experiencias de victimización. Las tipologías pertenecientes a esta temática son:

      o Atención de Víctimas de Violencia Intrafamiliar.

    4. Reinserción Social: Proyectos dirigidos a reinsertar socialmente y/o a rehabilitar a personas que hayan cometido delitos, o dirigidos a reducir la reincidencia de infractores de ley. Las tipologías pertenecientes a esta temática son:

      o Capacitación o colocación laboral y reinserción de

      ex condenados o personas cumpliendo medidas

      alternativas a la reclusión.

      o Intervención en hombres que cometen actos de

      violencia contra su pareja o ex pareja mujer.

      A.2. APORTE MÁXIMO DEL FONDO POR PROYECTO

      Los proyectos "nuevos" o de "continuidad" presentados no podrán superar los $15.000.000.- (quince millones de pesos) cada uno, en el caso de intervención social; de $10.000.000.- (diez millones de pesos) en el caso de intervención situacional y los proyectos de...

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