Orden núm. S/N, publicada el 24 de Febrero de 2005. ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA AUTORIZACION DE PERMISOS DE ACTIVIDADES O EVENTOS CON FINES SOCIALES PARA ORGANIZACIONES COMUNITARIAS TERRITORIALES Y FUNCIONALES - MUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470834458

Orden núm. S/N, publicada el 24 de Febrero de 2005. ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA AUTORIZACION DE PERMISOS DE ACTIVIDADES O EVENTOS CON FINES SOCIALES PARA ORGANIZACIONES COMUNITARIAS TERRITORIALES Y FUNCIONALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE MONTE PATRIA
Rango de LeyOrden

ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA AUTORIZACION DE PERMISOS DE ACTIVIDADES O EVENTOS CON FINES SOCIALES PARA ORGANIZACIONES COMUNITARIAS TERRITORIALES Y FUNCIONALES

Monte Patria, a 1 de febrero de 2005.- Vistos: La necesidad de normar de manera interna en el Municipio, la autorización de permisos de actividades a las organizaciones sociales de la comuna de Monte Patria, en concordancia con la Ley de Organizaciones Comunitarias 19.418 y ley 19.925, sobre el expendio y consumo de bebidas alcohólicas.

El Acuerdo del Honorable Concejo de fecha 1 de febrero de 2005, y en uso de las atribuciones que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades decreto lo siguiente:

DICTESE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA LA AUTORIZACION DE PERMISOS DE ACTIVIDADES O EVENTOS CON FINES SOCIALES PARA ORGANIZACIONES COMUNITARIAS TERRITORIALES Y FUNCIONALES

  1. Existirán dos tipos de autorizaciones de permisos para el desarrollo de actividades o eventos:

    1. Solicitudes sin venta de bebidas alcohólicas.

    2. Solicitudes con venta de bebidas alcohólicas.

  2. Las solicitudes sin venta de bebidas alcohólicas podrán ser solicitadas por cualquier organización comunitaria, con personalidad jurídica vigente, y que se encuentre inscrita en el registro de organizaciones sociales que lleva el Municipio. Dichas solicitudes deben presentarse con a lo menos cinco días de anticipación a la fecha de realización del evento. Las solicitudes deben ser presentadas en el formato que entrega la Dirección de Desarrollo Comunitario del Municipio, y que contiene al menos los siguientes datos: Nombre de la Organización solicitante, RUT de la Organización; Nombre del representante legal, RUT del representante legal, Tipo de Actividad a realizar; Lugar donde se desarrollará; Fecha de realización, horario del evento; y descripción de la acción hacia las cuales se destinarán los recursos recaudados.

  3. Las solicitudes de permisos con venta de bebidas alcohólicas, se otorgarán en las mismas condiciones descritas en el artículo precedente y deberán cursarse a lo menos con siete días de anticipación a la fecha de realización del evento, presentando ficha de solicitud que entrega la Dirección de Desarrollo Comunitario, que contiene los mismos datos descritos con anterioridad.

  4. Las solicitudes deberán venir debidamente firmadas por presidente y secretario de la organización y con timbre correspondiente a la Institución.

    Además deberán contar con Visto Bueno de Presidente de la Junta...

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