Decreto 1744 EXENTO - AUTORIZA A 'EJÉRCITO DE SALVACIÓN' PARA REALIZAR COLECTA PÚBLICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 446862302

Decreto 1744 EXENTO - AUTORIZA A 'EJÉRCITO DE SALVACIÓN' PARA REALIZAR COLECTA PÚBLICA

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor 5 de Julio de 2013

AUTORIZA A "EJÉRCITO DE SALVACIÓN" PARA REALIZAR COLECTA PÚBLICA

Núm. 1.744 exento.- Santiago, 23 de abril de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 10.262 de 1952; la ley Nº 16.436 de 1966; el decreto supremo Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y los antecedentes adjuntos,

Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Ejército de Salvación", para realizar una colecta pública en todo el territorio nacional, los días 25, 26 y 27 de octubre de 2013.

  2. - Las utilidades producto de esta colecta serán destinadas a financiar programas de ayuda social, siendo estos, hogares de menores, guarderías y jardines infantiles, centros y comedores abiertos, escuela de preparación, hogar de ancianos, albergues nocturnos, servicios de emergencias, lugares de culto y capacitación y oficina de bienestar social.

  3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que se designen en su representación.

  4. - La referida Institución deberá remitir al Ministerio del Interior Seguridad Pública, dentro del plazo de sesenta días, contados desde la fecha de realización de la colecta, un informe detallado y documentado de los ingresos...

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