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Decreto núm. 493, publicado el 17 de Agosto de 1993. AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA SOCIEDAD PRO AYUDA AL NIÑO LEUCEMICO, PARA EFECTUARLA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "SOCIEDAD PRO AYUDA AL NIÑO LEUCEMICO", PARA EFECTUARLA

Santiago, 3 de Junio de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 493 exento.- Visto: Estos antecedentes, lo informado por el Departamento Pensiones de Gracia, Rifas, Sorteos y Colectas, y teniendo presente el Decreto Reglamentario N° 955, de 03 de Junio de 1974, modificado por el Decreto N° 969, de 29.07.75, Decreto:

  1. - Autorízase a la entidad denominada "Sociedad Pro Ayuda al Niño Leucémico", para realizar una colecta pública en todo el territorio nacional, el día 3 de Septiembre de 1993.

  2. - Las utilidades, producto de esta colecta, serán destinadas a financiar el tratamiento de niños leucémicos, de escasos recursos.

  3. - Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Intendente o Gobernador respectivo o las personas que se designen en su representación.

  4. - La referida Institución deberá remitir al Ministerio del Interior, dentro del plazo de sesenta días contados desde la fecha de realización de la colecta, un Informe detallado del ingreso obtenido y de su inversión.

  5. - La autorización que se concede mediante el presente Decreto Exento a la entidad recurrente, la obliga a cumplir con las disposiciones que establece el Decreto N° 955, de fecha 03.06.74.

Anótese, comuníquese y publíquese.- Por orden del...

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