Decreto 453 EXENTO - MODIFICA DECRETO Nº 392 EXENTO, DE 2009, QUE AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULO DE PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 234745874

Decreto 453 EXENTO - MODIFICA DECRETO Nº 392 EXENTO, DE 2009, QUE AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULO DE PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO Nº 392 EXENTO, DE 2009, QUE AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS Y HORAS INHÁBILES DE VEHÍCULO DE PROPIEDAD DEL INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO

Núm. 453 exento.- Santiago, 13 de septiembre de 2010.- Visto: El decreto exento Nº 392 de 2009, del Ministerio de Agricultura; el oficio Nº 428 de 2010, del Instituto de Desarrollo Agropecuario; el decreto Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el DFL Nº 294 de 1960, del Ministerio de Hacienda, Orgánico del Ministerio de Agricultura; el decreto ley Nº 799 de 1974 y sus modificaciones; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que la Dirección Regional de la Región XIII o Región Metropolitana de Santiago del Instituto de Desarrollo Agropecuario requiere que su Director Regional se desplace a distintos lugares de su jurisdicción para participar regularmente en reuniones, jornadas de capacitación o giras, para realizar actividades con campesinos, autoridades ministeriales, regionales o municipales. Estos eventos se efectúan frecuentemente en lugares apartados en días sábados en la tarde, domingos y festivos, en horarios fuera de la jornada de trabajo.

Que para el eficiente cumplimiento de dichas labores es imprescindible que el vehículo del Instituto de Desarrollo Agropecuario de la Dirección Regional Metropolitana pueda circular sin restricción en los días sábados en la tarde, domingos y festivos, sin sujeción a la jornada ordinaria de trabajo.

Que se ha hecho necesario sustituir el vehículo de Director Regional de la Región Metropolitana de Santiago del Instituto de Desarrollo Agropecuario, autorizados por decreto exento Nº 392 de 2009, del Ministerio de Agricultura,

Decreto:

  1. - Autorízase la circulación del vehículo, propiedad del Instituto de Desarrollo Agropecuario, en la Dirección Regional de la XIII Región o Región Metropolitana de Santiago, en días sábados en la tarde, domingos y festivos, sin sujeción a la jornada ordinaria de trabajo, en las labores del Instituto de Desarrollo Agropecuario.

  2. - Sustitúyese la letra m) del decreto Nº 392 de 2009, del Ministerio de...

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