Auto Acordado núm. S/N, publicado el 09 de Mayo de 2009. AUTO ACORDADO SOBRE PUBLICIDAD DE LOS ACTOS Y RESOLUCIONES PRONUNCIADAS, FUNDAMENTOS Y PROCEDIMIENTOS UTILIZADOS POR EL PRIMER TRIBUNAL ELECTORAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA - PRIMER TRIBUNAL ELECTORAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA - TRIBUNAL ELECTORAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470017226

Auto Acordado núm. S/N, publicado el 09 de Mayo de 2009. AUTO ACORDADO SOBRE PUBLICIDAD DE LOS ACTOS Y RESOLUCIONES PRONUNCIADAS, FUNDAMENTOS Y PROCEDIMIENTOS UTILIZADOS POR EL PRIMER TRIBUNAL ELECTORAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA

Publicado enDiario Oficial
EmisorPRIMER TRIBUNAL ELECTORAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA
Rango de LeyAuto Acordado

AUTO ACORDADO SOBRE PUBLICIDAD DE LOS ACTOS Y RESOLUCIONES PRONUNCIADAS, FUNDAMENTOS Y PROCEDIMIENTOS UTILIZADOS POR EL PRIMER TRIBUNAL ELECTORAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA

En Santiago, a veinte de abril del año dos mil nueve, siendo las trece treinta horas, se reunió extraordinariamente este Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, con la asistencia de su Presidente Suplente, don Juan Manuel Muñoz Pardo y de los señores Miembros Titulares, don Fernando Román Díaz y don Jorge Barros Freire. Actuó como ministro de fe doña Patricia Muñoz Briceño, Secretaria Relatora.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º inciso segundo de la Constitución Política de la República, que establece el carácter de público de los actos y resoluciones de los órganos del Estado, así como de sus fundamentos y de los procedimientos que se utilicen; las facultades conferidas por los artículos 10 y 34 de la ley Nº 18.593, sobre Tribunales Electorales Regionales que fijan la competencia del Tribunal y el carácter de extraodrinaria de la presente sesión, y atendida la necesidad de dar cumplimiento al señalado principio de transparencia de la función pública consagrado por la Constitución Política de la República, regulado, respecto de los Tribunales Electorales Regionales por el artículo noveno de la ley Nº 20.285, se resolvió dictar el siguiente Auto Acordado:

  1. Publicidad. Que este Tribunal Electoral, con el objeto de ejercer con transparencia la función pública, mantendrá en su sitio web www.tribunalelectoral.cl, actualizada, al menos, una vez al mes, la información relacionada con su estructura orgánica; facultades y funciones; marco normativo aplicable, planta de personal, personal a contrata y a honorarios, con las correspondientes remuneraciones, horario de funcionamiento de la Secretaría; competencia, trámites y requisitos que deban cumplir los interesados para tener acceso a la Justicia Electoral; y con el presupuesto asignado e informes sobre su ejecución.

    Se agregará al mismo sitio electrónico un sistema de consulta de causas, que incluirá en cada caso, las resoluciones dictadas y las sentencias que se pronuncien. Asimismo, se mantendrá un registro de la jurisprudencia emanada de este Tribunal Electoral, debidamente clasificada para facilitar el acceso del público.

    La misma información se mantendrá a disposición del público en la Secretaría del Tribunal.

    º2º Acceso a la información: El Tribunal mantendrá a disposición del público los...

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