Auto Acordado núm. S/N, publicado el 24 de Septiembre de 2010. ACTA Nº 138-2010 - CORTE SUPREMA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469879142

Auto Acordado núm. S/N, publicado el 24 de Septiembre de 2010. ACTA Nº 138-2010

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORTE SUPREMA
Rango de LeyAuto Acordado

ACTA Nº 138-2010

En Santiago, a trece de septiembre de dos mil diez se reunió el Tribunal Pleno bajo la Presidencia de su titular don Milton Juica Arancibia y con la asistencia de los Ministros señores Segura, Oyarzún, Rodríguez y Muñoz, señora Herreros, señores Dolmestch, Araya, Valdés y Pierry, señora Pérez y señora Araneda, señores Brito y Silva, señoras Maggi y Egnem y señor Jacob.

AUTO ACORDADO SOBRE DISTRIBUCIÓN DE MINISTROS EN LAS SALAS DE LA CORTE SUPREMA

Teniendo presente:

  1. - Que en conformidad con lo dispuesto en el inciso 5º del artículo 95 del Código Orgánico de Tribunales, a la Corte Suprema le corresponde establecer, mediante auto acordado, la forma de distribución de sus Ministros entre las diversas salas de su funcionamiento ordinario o extraordinario. La distribución que se efectúe, agrega la norma, permanecerá invariable por un período de, a lo menos, dos años.

  2. - Que por Auto Acordado de siete de marzo de mil novecientos noventa y cinco, este Tribunal determinó que la disposición de los Ministros entre las tres Salas del funcionamiento ordinario se haría por votaciones sucesivas y que para integrar la Cuarta Sala del funcionamiento extraordinario se sortearía dos Ministros de la Primera Sala, uno de la Segunda Sala y otro de la Tercera Sala. Lo anterior, en el escenario constitucional vigente a esa época, en que este Tribunal se componía de diecisiete miembros.

  3. - Que la Ley de Reforma Constitucional Nº 19.541, de 22 de diciembre de 1997, aumentó a veintiún ministros la composición de la Corte Suprema, disponiendo que cinco miembros deben ser abogados extraños a la administración de justicia.

  4. - Que por las consideraciones anotadas precedentemente es necesario efectuar una nueva distribución de los Ministros de esta Corte, tanto en el funcionamiento ordinario como en el extraordinario, teniendo presente que en sesión de 6 de septiembre último el Tribunal Pleno ya acordó la incorporación del Ministro señor Roberto Jacob Chocair a la Cuarta Sala.

Asimismo, corresponde también establecer una regla de distribución de los Ministros de esta Corte para su funcionamiento extraordinario, para la integración de los nuevos Ministros que se designe y para el Presidente del Tribunal una vez que cese su periodo.

Se acuerda:

  1. Integración de las Salas de la Corte Suprema durante su funcionamiento ordinario:

    1. Primera Sala: Ministro señor Oyarzún, quien la presidirá, Ministro señor Muñoz, Ministra señora Herreros, Ministro señor...

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