Auto Acordado núm. S/N, publicado el 25 de Abril de 2020. AUTO ACORDADO PLENO DEL TRIBUNAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL AUDIENCIAS POR SISTEMA DE VIDEO CONFERENCIA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | TRIBUNAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL |
Rango de Ley | Auto Acordado |
AUTO ACORDADO PLENO DEL TRIBUNAL DE PROPIEDAD INDUSTRIAL AUDIENCIAS POR SISTEMA DE VIDEO CONFERENCIA
En Santiago, a veinticuatro del mes de marzo del año dos mil veinte, siendo las 9:00 horas, se lleva a efecto la sesión plenaria del Tribunal de Propiedad Industrial bajo la presidencia del Ministro Titular Sr. Andrés Álvarez Piñones, con la asistencia de los Ministros Titulares: Sra. Carmen Iglesias Muñoz y Sra. Pamela Fitch Rossel, y los Ministros Suplentes Sr. Jorge Rojas Neira y Sra. Janett Fuentealba Rollat. Con la participación de la Abogado - Relatora Sra. Ana María Troncoso Veas, como Ministro de Fe, se tuvieron en consideración los siguientes antecedentes:
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- La reciente declaración de Estado de Catástrofe Nacional, que representa la posibilidad de nuevas medidas que pueden incluir, por ejemplo, mayores restricciones en el funcionamiento del transporte público.
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- Por su parte el decreto de alerta sanitaria N° 4-2020, en atención a la emergencia de salud pública de importancia internacional por brote de nuevo coronavirus, Covid 19.
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- El deber que pesa sobre el Tribunal de Propiedad Industrial de impartir justicia en la medida de sus posibilidades humanas y técnicas, es que resulta necesario regular cuestiones vinculadas con el régimen funcionario de quienes prestan servicio en el Tribunal, tendientes a aminorar las posibilidades de contagio y propagación del Covid 19, en plena armonía con las garantías fundamentales del artículo 19 N° 1, de la Constitución, a través de la optimización que los organismos tecnológicos otorgan para el cumplimiento oportuno de las labores, mientras se desarrolle la actual contingencia.
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- La necesidad de asegurar la continuidad de la administración de justicia para los usuarios del Tribunal y, al mismo tiempo, hacer frente a las contingencias que la situación sanitaria que afecta al país impone.
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- Lo dispuesto por la Excelentísima Corte Suprema en Auto Acordado Acta 41-2020, así como en el Instructivo derivado de dicho Auto Acordado contenido en Acta N°42-2020.
En consecuencia, se aprueba por unanimidad el siguiente Auto Acordado relativo al procedimiento de Audiencias por Sistema de Video Conferencia.
Primero: El Tribunal podrá realizar audiencias, para la vista de las causas, a través de un sistema de videoconferencia, cautelando la vigencia de los derechos y garantías de los litigantes. Para estos efectos los Srs. Ministros que integren la Sala respectiva se encontrarán reunidos durante la...
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