Auto Acordado núm. S/N, publicado el 13 de Marzo de 2015. AUTO ACORDADO QUE ESTABLECE LOS MINISTROS QUE INTEGRARÁN LA SALA TRIBUTARIA DE ESTA CORTE DE APELACIONES, LA DESIGNACIÓN DE ELLA Y LAS MATERIAS QUE CONOCERÁ - CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO - CORTE DE APELACIONES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 560959594

Auto Acordado núm. S/N, publicado el 13 de Marzo de 2015. AUTO ACORDADO QUE ESTABLECE LOS MINISTROS QUE INTEGRARÁN LA SALA TRIBUTARIA DE ESTA CORTE DE APELACIONES, LA DESIGNACIÓN DE ELLA Y LAS MATERIAS QUE CONOCERÁ

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO
Rango de LeyAuto Acordado

AUTO ACORDADO QUE ESTABLECE LOS MINISTROS QUE INTEGRARÁN LA SALA TRIBUTARIA DE ESTA CORTE DE APELACIONES, LA DESIGNACIÓN DE ELLA Y LAS MATERIAS QUE CONOCERÁ

En Santiago, a diecinueve de enero de dos mil quince, se reunió la Corte en Pleno presidida por don Mauricio Silva Cancino y se procedió a dictar el siguiente Auto Acordado que establece los Ministros que integrarán la Sala Tributaria de esta Corte de Apelaciones, la designación de ella y las materias que conocerá.

Vistos y teniendo presente:

Primero: Que el artículo 61 del Código Orgánico de Tribunales establece que las Cortes de Apelaciones designarán cada dos años, mediante Auto Acordado, los miembros del Tribunal que deberán integrar la Sala a que corresponda el conocimiento, en forma exclusiva o preferente, de los asuntos tributarios y aduaneros, agregándose que para el caso de la Corte de Apelaciones de Santiago se integrará con Ministros que posean necesariamente conocimientos especializados en estas materias.

Segundo: Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66 inciso 7º del Código Orgánico de Tribunales, entre otras Cortes de Apelaciones, la de Santiago, deberá designar una de sus Salas para que conozca de los asuntos tributarios y aduaneros que se promuevan, estableciendo que dicha designación se efectuará mediante un Auto Acordado que se dictará cada dos años.

Tercero: Que para la acreditación de los conocimientos especializados a que se refiere el inciso anterior, se deberá contar con cursos de perfeccionamiento o postgrado sobre la materia.

Cuarto: Que en el Pleno Extraordinario llevado a efecto el día 5 de diciembre de 2014, no se manifestó un número suficiente de Ministros que comprobaren tener cursos de perfeccionamiento en el área, motivo por el cual se acordó renovar la designación para integrar la Undécima Sala por los próximos dos años a los mismos que fueron originalmente nombrados a partir del 1º de febrero de 2013, en virtud de la implementación de la ley Nº 20.322 y que ya integraron esa unidad jurisdiccional por el bienio 2013-2014.

Quinto: Que, en consecuencia, se designa para los próximos dos años como integrantes de la Sala que conocerá exclusivamente de los asuntos tributarios y aduaneros al Ministro señor Hernán Crisosto Greisse, la Ministra señora Mireya López Miranda y al Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz.

Sexto: Que a objeto de aumentar el número de Ministros habilitados para formar parte de la sala tributaria y aduanera, esta Corte en...

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