Auto Acordado núm. S/N, publicado el 16 de Enero de 2015. ACTA Nº 232-2014 - CORTE SUPREMA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 553044742

Auto Acordado núm. S/N, publicado el 16 de Enero de 2015. ACTA Nº 232-2014

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORTE SUPREMA
Rango de LeyAuto Acordado

ACTA Nº 232-2014

En Santiago, a veintiséis de diciembre de dos mil catorce se deja constancia que con fecha 12 de diciembre del actual, reunió el Tribunal Pleno bajo la Presidencia de su titular don Sergio Muñoz Gajardo y con la asistencia de los ministros señores Segura, Dolmestch, Carreño, Pierry, Künsemüller y Brito, señoras Egnem y Sandoval, señores Fuentes y Blanco, señoras Chevesich y Muñoz y señor Cerda, y se acordó lo siguiente:

DISTRIBUCIÓN DE MINISTROS EN LAS SALAS DE LA CORTE SUPREMA

Teniendo presente:

  1. - Que con arreglo a lo preceptuado en el inciso quinto del artículo 95 del Código Orgánico de Tribunales, a la Corte Suprema le corresponde establecer, mediante auto acordado, la forma de distribución de sus ministros entre las diversas salas de su funcionamiento ordinario o extraordinario. La distribución que se efectúe -agrega la norma- permanecerá invariable por un período de, a lo menos, dos años;

  2. - Que mediante acuerdo del Tribunal Pleno consignado en el Acta Nº 138-2010 de 13 de septiembre de 2010, que contiene el Auto Acordado sobre Distribución de Ministros en las Salas de la Corte Suprema, se conformó la integración de las Salas en que funciona esta Corte, tanto en su funcionamiento ordinario, como en el extraordinario;

  3. - Que con el tiempo transcurrido desde entonces, varios ministros han cesado en funciones y otros tantos se han incorporado al tribunal, circunstancia que hace necesario realizar las adecuaciones correspondientes;

  4. - Que con motivo del reciente cese de funciones del ministro señor Rubén Ballesteros Cárcamo, quien se encontraba incorporado a la Tercera Sala de esta Corte, el ministro señor Carlos Aránguiz Zúñiga ha manifestado interés en pasar a ella. Al respecto. se tiene presente que a la fecha en que el ministro señor Aránguiz asumió funciones -en época de funcionamiento extraordinario- quedó como miembro de la Cuarta Sala, única con plazas disponibles a la sazón.

Y visto lo dispuesto en los artículos 82 de la Constitución Política de la República y 96 número 4 del Código Orgánico de Tribunales, se acuerda, a contar del 2 de enero de 2015:

  1. Integración de las Salas de la Corte Suprema durante su funcionamiento ordinario:

    1. Primera Sala: Ministro señor Segura, quien la presidirá, Ministro señor Valdés, Ministro señor Silva, Ministra señora Maggi, Ministra señora Egnem, Ministro señor Fuentes y Ministra señora Chevesich.

    2. Segunda Sala: Ministro señor Juica, quien la presidirá, Ministro señor...

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