Decreto 1 - DECRETO DE EMERGENCIA PARA ATENDER LOS GASTOS NECESARIOS PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO Y EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE LA CIUDAD DE SANTIAGO - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239961422

Decreto 1 - DECRETO DE EMERGENCIA PARA ATENDER LOS GASTOS NECESARIOS PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO Y EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE LA CIUDAD DE SANTIAGO

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DECRETO DE EMERGENCIA PARA ATENDER LOS GASTOS NECESARIOS PARA ASEGURAR LA CONTINUIDAD DEL SERVICIO Y EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PÚBLICO DE LA CIUDAD DE SANTIAGO

Núm. 1.- Santiago, 5 de enero de 2009.- Vistos: Los artículos 1º; 19 Nº 7, Nº 10, Nº 16, Nº 21 y Nº 22; 24; 32 Nº 20 y 35 de la Constitución Política de la República; el DFL N° 1, de 17 de noviembre de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575; la ley Nº 20.206; el decreto supremo Nº 1.178, de 2008, del Ministerio de Hacienda; el oficio Nº 42.557, de 9 de septiembre de 2008, de la Contraloría General de la República; la ley Nº 20.314 de Presupuestos del Sector Público para el año 2009 y la demás normativa aplicable a la materia.

Considerando:

1) Que, con fecha 5 de septiembre de 2008, se dictó el decreto supremo Nº 1.178, del Ministerio de Hacienda, con el objeto de disponer de recursos extraordinarios, conforme al artículo 32 Nº 20 de la Constitución, para atender los gastos necesarios para asegurar la continuidad del servicio y el funcionamiento del Sistema de Transporte Público de la ciudad de Santiago.

2) Que, en virtud de tal decreto, el Ministerio de Hacienda pudo disponer de hasta $453.705.220.952, imputados al ítem 50-01-03-26-03, 2% constitucional, del Programa de Operaciones Complementarias, de la Partida Tesoro Público, Presupuesto año 2008. De esta manera, por medio de aquel decreto supremo se dispuso del total de recursos que la Constitución habilita disponer a través de un decreto de esta naturaleza.

Con cargo a los recursos mencionados, el Ministerio de Hacienda puso a disposición del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Secretaría y Administración General de Transportes, los fondos necesarios para mantener la continuidad y el funcionamiento del aludido servicio de transporte público.

3) Que, según su propia motivación, el fundamento preciso del decreto de emergencia ya citado fue que la autoridad consideró que se estaba en presencia de uno de los casos en que por "necesidades impostergables" se requería decretar pagos no autorizados por la ley para el funcionamiento del Sistema de Transporte Público de Santiago, por ser éste un servicio de aquellos que no pueden paralizarse sin serio perjuicio para el país.

El agotamiento de los recursos resultaba inminente, pues la ley Nº 20.232, de Presupuestos del Sector Público del año 2008, había otorgado solamente $1.000 para...

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