Decreto 64 - CREA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL 'MUJER, TRABAJO Y MATERNIDAD' - SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 456789730

Decreto 64 - CREA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL 'MUJER, TRABAJO Y MATERNIDAD'

EmisorSECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor17 de Julio de 2010

CREA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL "MUJER, TRABAJO Y MATERNIDAD"

Núm. 64.- Santiago, 20 de mayo de 2010.- Vistos: Los artículos 1º inciso cuarto, 24 y 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República de Chile; la resolución Nº 1.600 de 2008, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón.

Considerando:

  1. Que, por mandato de la Constitución Política de la República, corresponde al Presidente de la República el Gobierno y la administración del Estado;

  2. Que el Estado se encuentra al servicio de la persona humana, siendo su tarea primordial y fundamental la promoción del bien común;

  3. Que, para el cumplimiento de sus funciones, la administración del Estado cuenta con la colaboración de entidades y servicios públicos creados por ley;

  4. Que Chile ocupa la posición 112, entre 134 países del mundo, en términos de oportunidades de ingreso para las mujeres, ubicándose, en consecuencia, a la altura de los países más atrasados del mundo en materia de desarrollo económico y social de las mujeres;

  5. Que el desempleo de las mujeres en Chile es extraordinariamente alto, alcanzando el 31% la tasa de desempleo del decil de menores ingresos y, por su parte, sus sueldos son significativamente más bajos que los de los hombres en igual trabajo;

  6. Que los costos de la maternidad están radicados exclusivamente en la contratación de las mujeres, lo cual obstaculiza su integración al mundo del trabajo remunerado formal, especialmente a las mujeres más vulnerables;

  7. Que se debe fortalecer la familia, fomentando una mayor corresponsabilidad entre padre y madre en la crianza de los hijos comunes, a fin de procurar el cumplimiento de las obligaciones paternales y de facilitar el ejercicio del derecho de las mujeres al trabajo remunerado; y

  8. Que existe la obligación de garantizar el mejor cuidado posible de cada hijo,

Decreto:

Artículo 1º

Créase una comisión asesora del Presidente de la República denominada "Comisión Mujer, Trabajo y Maternidad", en adelante, la Comisión, que tendrá la misión de asesorarlo en la identificación, formulación y ejecución de políticas, planes, programas, medidas y demás actividades relativas al mejoramiento y modernización de la legislación laboral relacionada con la protección de la maternidad, teniendo como objetivos principales la incorporación de la mujer al trabajo y el fortalecimiento de la familia.

Artículo 2º

Para...

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