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Decreto núm. 20, publicado el 02 de Marzo de 1995. CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL EN MATERIAS CIENTIFICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorSECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

CREA COMISION ASESORA PRESIDENCIAL EN MATERIAS CIENTIFICAS

Santiago, 20 de Enero de 1995.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 20.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 19 N° 10, inciso 5°, 32 N° 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; Ley N° 18.575, Orgánica de Bases Generales de la Administración del Estado, y la Ley N° 18.956.

C o n s i d e r a n d o:

1) La preocupación prioritaria del Gobierno de lograr un desarrollo armónico de la actividad científica, para el logro de mejores y más estables condiciones de vida para la población,

2) La necesidad de implementar una política de desarrollo científico de largo plazo, coherente con los cambios estructurales de nuestra economía.

3) La importancia, que para un país en vías de desarrollo como el nuestro, tiene el buen uso de sus capacidades intelectuales y científicas.

4) La importancia que la actividad científica tiene en los diversos sectores educacionales y productivos del país.

D e c r e t o:

Artículo 1°

Créase la Comisión Presidencial en Materias Científicas, en adelante la Comisión, cuya función principal será la de asesorar al Presidente de la República en la identificación de acciones que impulsen el desarrollo coordinado y sustentable de la ciencia en nuestro país.

Artículo 2°

Será función específica de la Comisión asesorar al Presidente de la República en las siguientes materias:

  1. En la formulación de planes, programas, proyectos y acciones destinados a crear condiciones que estimulen el desarrollo de la ciencia.

  2. En las iniciativas que incentiven la investigación por parte de la comunidad científica.

  3. En las medidas e instrumentos que sean adecuados para el perfeccionamiento de la institucionalidad científica.

  4. En las medidas que propendan a mejorar las relaciones entre la actividad científica, la educación en todos sus niveles y la actividad económica.

  5. En el análisis de las propuestas que sobre las temáticas anteriores surjan de las agencias, consejos y otras instancias de la institucionalidad científica, así como en aquellas materias que el Presidente de la República le solicite.

Artículo 3° La Comisión estará integrada por las siguientes personas:
  1. Claudio Teitelboim Weitzman, quien la presidirá.

  2. Ricardo...

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