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Decreto 163 - CREA COMITÉ ASESOR PRESIDENCIAL 'COMITÉ INTERMINISTERIAL DE AGILIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN'

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor11 de Junio de 2012

CREA COMITÉ ASESOR PRESIDENCIAL "COMITÉ INTERMINISTERIAL DE AGILIZACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN"

Núm. 163.- Santiago, 1 de diciembre de 2011.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos inciso tercero, 24 y 326, de la Constitución Política de la República de Chile, y el artículo 10.4.2 de la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que la Inversión, tanto pública como privada, es uno de los principales factores para el crecimiento económico. Que el crecimiento económico permite la generación de empleos, y éstos se traducen, a su vez, en mayores salarios, todo lo cual redunda en un mayor bienestar para la población.

  2. - Que el Estado, como promotor del bien común y en el marco de sus atribuciones, debe ser un factor de facilitación de las inversiones en el país, en atención a los beneficios que generan, velando al mismo tiempo por el cumplimiento de la normativa legal que rige las actividades económicas de que se trate.

  3. - Que, sin embargo, las inversiones en nuestro país se ven enfrentadas a la obtención de múltiples tipos de autorizaciones y permisos, que en muchas ocasiones demoran y dificultan en forma innecesaria la puesta en marcha de las mismas. Las trabas que así se generan se originan, entre otros, en la existencia de normas que abren espacios a la interpretación de parte de la autoridad y en trámites largos y poco eficientes.

  4. - Que la productividad total de factores ha alcanzado durante el período 1998 - 2009 una tasa promedio de -0.6%, y de -2% y -3% durante los años 2008 y 2009, respectivamente. Parte importante de dicho decrecimiento se debe a la existencia de esta multiplicidad de autorizaciones y permisos que hacen lenta y dificultosa la aprobación de proyectos de inversión. En razón de ello, se requiere incrementar urgentemente los niveles de productividad del país.

  5. - Que es un principio básico de nuestra administración pública la celeridad en la tramitación de los procedimientos administrativos, lo cual significa que los funcionarios de los órganos de la Administración del Estado deben hacer expeditos los trámites, removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión. Además, debe actuar en cumplimiento del principio de la...

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