Decreto 10 - CREA CONSEJO ASESOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES, EN MATERIA DE ATRACCIÓN DE INVERSIONES EXTRANJERAS - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 365424218

Decreto 10 - CREA CONSEJO ASESOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES, EN MATERIA DE ATRACCIÓN DE INVERSIONES EXTRANJERAS

EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor30 de Marzo de 2012

CREA CONSEJO ASESOR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES, EN MATERIA DE ATRACCIÓN DE INVERSIONES EXTRANJERAS

Núm. 10.- Santiago, 24 de enero de 2012.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; Ley de Presupuestos de la Nación Nº 20.557; en el Nº I.21 del artículo 1º del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos 3º y 6º del decreto con fuerza de ley Nº 53 de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores; decreto Nº 168, de 1980, del Ministerio de Relaciones Exteriores; decreto con fuerza de ley Nº 523, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto coordinado y sistematizado del DL 600 de 1974; ley Nº 20.026 del Ministerio de Hacienda, de 2005; ley 20.097 del Ministerio de Hacienda, de 2006; ley 20.469 del Ministerio de Hacienda, de 2010, y la resolución Nº 1.600 de 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República; y

Considerando:

  1. Que, con el fin de favorecer el ingreso de capitales extranjeros que tuviesen por objeto iniciar, ampliar o impulsar actividades que tiendan a estimular el desarrollo industrial del país o a mejorar la explotación de su riqueza minera, agrícola o forestal, se creó el Comité de Inversiones Extranjeras. Lo anterior mediante decreto con fuerza de ley Nº 427 de 10 de noviembre de 1953.

  2. Que, corresponde al Comité de Inversiones Extranjeras, a través de su Vicepresidencia Ejecutiva, entre otras, cumplir con funciones de información, registro, estadística y coordinación respecto de las inversiones extranjeras, conforme el art. 15 literal c) del DFL 523, de 1993, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

  3. Que, la Ley de Presupuestos Nº 20.557 año 2012, partida 07, capítulo 21 del Comité de Inversiones Extranjeras, mediante glosa prespuestaria 03 letra b) faculta a la Vicepresidencia Ejecutiva del Comité de Inversiones Extranjeras, para que mediante resolución del Vicepresidente Ejecutivo, visada por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, efectúe con cargo a los recursos asignados al subtítulo 22, todo tipo de gastos, incluidos pagos a agentes, en el extranjero, correspondientes a iniciativas del Comité cuyo objetivo sea informar, coordinar y ejecutar toda acción tendiente a aumentar el ingreso de capitales extranjeros al país.

  4. Que, corresponde a la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, en...

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