Decreto 302 - REGLAMENTA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS AL FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN DE LA FORMACIÓN TÉNICO PROFESIONAL CONSIDERADOS EN LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 'PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA', CONTEMPLADA EN LA LEY Nº 20.481, DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO AÑO 2011, EN LA FORMA QUE SEÑALA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 365462182

Decreto 302 - REGLAMENTA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS AL FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN DE LA FORMACIÓN TÉNICO PROFESIONAL CONSIDERADOS EN LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 'PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA', CONTEMPLADA EN LA LEY Nº 20.481, DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO AÑO 2011, EN LA FORMA QUE SEÑALA

EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor14 de Abril de 2012

REGLAMENTA LA EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS AL FORTALECIMIENTO Y ARTICULACIÓN DE LA FORMACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL CONSIDERADOS EN LA ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA "PROGRAMA DE FORMACIÓN CONTINUA", CONTEMPLADA EN LA LEY Nº 20.481, DE PRESUPUESTOS DEL SECTOR PÚBLICO AÑO 2011, EN LA FORMA QUE SEÑALA

Núm. 302.- Santiago, 16 de agosto de 2011.- Considerando:

Que, la Ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público para el año 2011, en su Partida 09, Capítulo 01, Programa 03, Subtítulo 24, Item 03, Asignación 613, Glosa 09, consigna recursos financieros para la ejecución del Programa de Formación Continua;

Que, la citada Glosa Presupuestaria en su inciso sexto considera recursos destinados al fortalecimiento y articulación de la Formación Técnico Profesional, cuya forma de ejecución se determinará mediante decreto del Ministerio de Educación, visado por la Dirección de Presupuestos, y

Visto: Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado mediante Decreto Supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en los artículos y de la Ley Nº 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; en la Ley Nº 20.481, de Presupuestos del Sector Público año 2011; y en la Resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Decreto:

Artículo 1º

Reglaméntase la ejecución de los recursos destinados al Fortalecimiento y Articulación de la Educación Técnico Profesional inserta en la Asignación Presupuestaria ítem 09.01.03.24.03.613 denominada "Programa de Formación Continua", en adelante el Programa, el que está destinado a:

  1. Promover la educación técnico profesional como una real alternativa de estudio que tiene como resultado la movilidad social;

  2. Formar estudiantes con competencias de empleabilidad, que logren insertarse y permanecer en el mercado laboral;

  3. Incentivar a los estudiantes de Educación Media Técnico Profesional, en la continuidad de estudios superiores como una alternativa de superación personal y económica, y

  4. Vincular la educación media técnico profesional con la educación superior técnico profesional, así como también relacionar la Educación Media Técnico Profesional con el mundo productivo y laboral, para facilitar en el primer caso, la continuidad de estudios y en el segundo su inserción y permanencia en el mercado de trabajo.

Artículo 2º

Para alcanzar los objetivos precedentemente señalados, la ejecución de los recursos destinados al "Fortalecimiento y Articulación de la Formación Técnico Profesional", comprenderá la realización y desarrollo de las siguientes líneas programáticas:

  1. Potenciar la educación técnico profesional de nivel medio y superior;

  2. Mejorar la calidad y pertinencia de la educación media técnico profesional, y

  3. Apoyar la implementación curricular y pedagógica de la educación media técnico profesional.

Artículo 3º

La línea para potenciar la educación técnico profesional de nivel medio y superior tiene como objetivo facilitar el ingreso de los estudiantes de educación media técnico profesional a la educación superior técnico profesional y al mundo...

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