Resolucion núm. 885 EXENTA, el 14 de Abril de 2008. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 413 EXENTA, DE 2008, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA Y SARDINA COMÚN EN LA VIII REGIÓN - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470297382

Resolucion núm. 885 EXENTA, el 14 de Abril de 2008. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 413 EXENTA, DE 2008, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA Y SARDINA COMÚN EN LA VIII REGIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN N° 413 EXENTA, DE 2008, QUE ESTABLECIÓ DISTRIBUCIÓN DE LA FRACCIÓN ARTESANAL DE PESQUERÍA DE ANCHOVETA Y SARDINA COMÚN EN LA VIII REGIÓN

Núm. 885 exenta.- Valparaíso, 9 de abril de 2008.- Visto: Lo informado por el Departamento de Análisis Sectorial de la Subsecretaría de Pesca en memorándum (DAS) N° 60 de 2008, de fecha 3 de abril de 2008; lo dispuesto en el artículo 326 de la Constitución Política del Estado; el D.F.L. N° 5 de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892, y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; las leyes N° 19.713, Nº 19.822 y Nº 19.849; el D.S. Nº 296 de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el Reglamento del Régimen Artesanal de Extracción establecido en el artículo 48 A de la Ley General de Pesca y Acuicultura; los D.S. Nº 409 de 2000 y Nº 11 de 2003, y los decretos exentos Nº 1.787 de 2007, N° 145, N° 310, N° 311 y N° 312 de 2008, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la resolución exenta N° 413, N° 716, N° 717, N° 718, N° 785, N° 786, N° 787, N° 805 y N° 810, todas de 2008, de esta Subsecretaría,

Resuelvo:

  1. - Modifíquese el numeral 2° letras A) y B), de la resolución exenta N° 413, modificada por resoluciones exentas N° 716, N° 717, N° 718, N° 785, N° 786, N° 787, N° 805 y N° 810, todas de 2008, de esta Subsecretaría, que estableció la distribución de la fracción artesanal de pesquería de Anchoveta Engraulis ringens y Sardina común Clupea bentincki en la VIII Región, sometidas al Régimen Artesanal de Extracción de conformidad con lo dispuesto en el decreto exento N° 145, de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, en el sentido de modificar la asignación para los recursos Anchoveta y Sardina común de las embarcaciones artesanales "Tío Chito" (RPA 910624) y "Luis Eduardo" (RPA 31071), ambos del Sindicato de Pescadores Artesanales y Armadores...

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