Decreto núm. 729, publicado el 14 de Enero de 1998. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA VIII REGION.
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION |
Rango de Ley | Decreto |
ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA VIII REGION.
Núm. 729.- Santiago, 2 de diciembre de 1997.- Visto: lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República; el D. F. L. N° 5, de 1983; la Ley N° 18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D. S. N°430, de 1991, el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; el D. S. N° 355, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, lo informado por el Departamento de Coordinación de Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum N° 545 de 18 de noviembre de 1997; por el Consejo Zonal de Pesca de la V a la IX Regiones e Islas Oceánicas mediante Oficio N° 38 de 26 de junio de 1996; por la Subsecretaría de Marina mediante Oficios S.S.M. N° 12210/1262 SSP, de 14 de mayo de 1997: N° 12210/2271 SS de 7 de agosto de 1997 y N° 12210/1759 SS de 25 de junio de 1997; por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada mediante Oficios SHOA Ordinario N° 13000/1112, de fecha 24 de octubre de 1997; la Ley N° 10.336.
Considerando :
Que el artículo 48 letra d) establece la facultad y el procedimiento para establecer áreas de manejo y explotación de recursos betónicos.
Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y el Consejo Zonal de Pesca de la V a IX Regiones e Islas Oceánicas, aprueban el establecimiento de 29 áreas de manejo en los sectores denominados Pueblo Norte (Sector A, B y C), Coliumo, Lenga, Sur Roca Blanca, Lota, Punta Lavapié, Punta Raimenco, Bajo Rumana, Punta Los Piures, Sur Caleta Quidico, Sur Río Paicaví, Punta Fraile, Punta Pichicui, Roca Fraile, Los Piures, Boca Sur, Candelaria-Canteras, Chome, Rumena, San Vicente,Puerto Yana, Ensenada El Granero
Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del D.S. Nº 355, de 1995, citado en Visto.
D e c r e t o :
Establécese las siguientes áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos, en los Sectores de la VIII Región que a continuación se indican:
1) En el Sector denominado Pueblo Norte, 3 áreas inscritas en las figuras irregulares. El sector A y B, entre la línea de la costa y sus vértices y el sector C definido por sus coordenadas, todas las cuales son las siguientes:
SECTOR A
(CARTA SHOA Nº 604; ESC. 1:80.000; 3ª ED. 1956)
Vértice Latitud S. Longitud W.
A 36°59'57,40" 73°31'06,88"
B 37°00'07,30" 73°30'39,70"
C 36°59'28,69" 73°30'39,70"
D 36°59'28,69" 73°31'06,00"
SECTOR B
(CARTA SHOA Nº 604; ESC. 1:80.000; 3ª ED. 1956)
Vértice Latitud S. Longitud W.
A 36°58'52,20" 73°31'34,00"
B 36°58'30,80" 73°30'48,50"
C 36°58'03,60" 73°30'53,40"
D 36°57'54,80" 73°31'40,30"
E 36°58'24,80" 73°32'07,80"
F 36°59'16,00" 73°32'21,60"
G 36°59'16,00" 73°32'06,60"
SECTOR C
(CARTA SHOA Nº 604; ESC. 1:80.000; 3ª ED. 1956)
Vértice Latitud S. Longitud W.
A 36°57'35,70" 73°31'52,50"
B 36°55'55,60" 73°33'07,50"
C 36°56'13,00" 73°33'51,40"
D 36°58'11,21" 73°32'17,90"
2) En el Sector denominado Coliumo, un área inscrita en la figura irregular, entre la línea de la costa y los vértices cuyas coordenadas son las siguientes:
(Datum WGS-84)
Puntos Latitud Longitud
A 36° 32'28.17" 072°57'25.28"
B 36° 32'28.17" 072°57'21.44"
C 36° 32'40.97" 072°56'59.74"
D 36° 32'45.46" 072°56'58.59"
3) En el Sector denominado Lenga, un área inscrita en
la figura irregular, entre la línea de la costa y los vértices cuyas coordenadas son las siguientes: SECTOR A
(Carta SHOA Nº 6110; Esc. 1:50.000; 6ª Ed. 1985)
Vértice Latitud S. Longitud W.
A 36°44'39,90" 73°11'06,80"
B 36°44'37,54" 73°11'03,66"
C 36°44'19,84" 73°11'13,58"
D 36°44'31,62" 73°11'32,80"
E 36°44'43,90" 73°11'19,50"
4) En el Sector denominado Llico, un área inscrita en la figura irregular, entre la línea de la costa y los vértices cuyas coordenadas son las siguientes:
SECTOR SUR ROCA BLANCA
(CARTA SHOA Nº 6120; ESC. 1:80.000; 4ª ED. 1999)
Vértices Latitud S. Longitud W.
A 37° 15' 13,75" 73° 39' 29,55"
B 37° 15' 13,75" 73° 40' 25,72"
C 37° 15' 37,22" 73° 40' 28,42"
D 37° 15' 29,70" 73° 39' 55,04"
E 37° 15' 55,29" 73° 40' 00,52"
F 37° 15' 48,35" 73° 39' 40,28"
5) En el sector denominado Lota, un área inscrita en
la figura irregular, entre la línea de la costa y los vértices cuyas coordenadas son...
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