Decreto núm. 1426 EXENTO, publicado el 02 de Diciembre de 2005. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470630754

Decreto núm. 1426 EXENTO, publicado el 02 de Diciembre de 2005. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

Núm. 1.426 exento.- Santiago, 22 de noviembre de 2005.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley Nº 19.492; el D.F.L. Nº 5 de 1983; los D.S. Nº 355 de 1995, Nº 572 de 2000 y Nº 253 de 2002, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; Oficios (D.D.P.) ORD. Nº 788, de fecha 16 de abril de 2004; Nº 759, de fecha 16 de abril de 2004; Nº 2176, de fecha 27 de noviembre de 2003; Nº 1209 de fecha 08 de junio de 2004; Nº 760 de fecha 16 de abril de 2004; Nº 1228 de 10 de junio de 2004; Nº 1260 de fecha 14 de agosto de 2004; Nº 1189 de fecha 03 de junio de 2004; y Nº 1138, de fecha 25 de mayo de 2004; lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum DAD Nº 21/2005, de fecha 08 de noviembre de 2005; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante Oficios ORD/Z4/ Nº 64, de fecha 17 de marzo de 2005; Nº 121 de 06 de mayo de 2005; Nº 146 de 31 de mayo de 2004; Nº 78 de 17 de marzo de 2005; Nº 122 de 06 de mayo de 2005; Nº 62 de 17 de marzo de 2005; Nº 322 de 22 de diciembre de 2004; Nº 70 de 17 de marzo de 2005; Nº 73 de 17 de marzo de 2005; por la Subsecretaría de Marina mediante Oficios S.S.M. ORD. Nº 6025/5152 de 04 de noviembre de 2005; Nº 6025/4501; Nº 6025/4502; Nº 6025/4504; Nº 6025/4497; Nº 6025/4495; Nº 6025/4499; Nº 6025/4500, todas de fecha 23 de septiembre de 2005; y Nº 6025/5102 de 02 de noviembre de 2005; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la Resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos;

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones aprueban el establecimiento de áreas de manejo en los sectores denominados Cholgo sector A, Cholgo sector B, Cholgo sector C, Entre Ríos, Isla Linguar, Isla Llanchid sector A, Isla Llanchid sector B, Isla Llanchid sector C, Isla Manzano, Isla Toro sector B, Mañihueico sector B, Mañihueico sector C, Pichicolu sector B, y Puntilla Pichicolu, todos de la X Región

Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del D.S. Nº 355 de 1995, citado en Visto;

Decreto:

Artículo 1º

Establécense las siguientes áreas de...

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