Decreto núm. 1555 EXENTO, publicado el 10 de Enero de 2007. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470324638

Decreto núm. 1555 EXENTO, publicado el 10 de Enero de 2007. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION

Núm. 1.555 exento.- Santiago, 27 de diciembre de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la Ley Nº 19.492; el D.F.L. Nº 5 de 1983; los D.S. Nº 355 de 1995, Nº 572 de 2000 y Nº 253 de 2002, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; Oficios (D.P.) ORD. Nº 99 de fecha 18 de enero de 2006 y Nº 570 de fecha 6 de abril de 2006; lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum DAD Nº 14/2006 de fecha 29 de noviembre de 2006; lo informado por el Departamento de Acuicultura de la Subsecretaría de Pesca mediante Informes Técnicos (D.A.C.) Nº 1855, Nº 1857 y Nº 1854, todos de fecha 10 de noviembre de 2005, Nº 258, Nº 270 y Nº 257, todos de 28 de marzo de 2006; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante Oficios ORD/Z4/ Nº 059 de fecha 10 de marzo de 2006, Nº 117 y Nº 116, ambos de fecha 18 de mayo de 2006; por la Subsecretaría de Marina mediante Oficios S.S.M. ORD. Nº 6025/2207 y Nº 6025/2204, ambos de fecha 14 de junio de 2006, Nº 6025/2228 de fecha 15 de junio de 2006, Nº 6025/3994, Nº 6025/3995 y Nº 6025/3992, todos de fecha 3 de octubre de 2006; el D.S. Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la Resolución Nº 520 de 1996 de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos;

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones aprueban el establecimiento de áreas de manejo en los sectores denominados Isla Campos, Isla Guacanec, Isla Gunther, Isla Westhoff, Puerto Low, y Weste Isla Marta, todos de la XI Región;

Que mediante Oficios de la Subsecretaría de Pesca, citados en Visto, se requirió al Consejo Zonal de Pesca de las Regiones X a XI, informe técnico para el establecimiento de las áreas anteriormente mencionadas, los cuales fueron evacuados mediante Oficios, también indicados en Visto, aprobando la medida propuesta;

Que no obstante lo anterior, el...

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