Decreto núm. 257 EXENTO, publicado el 05 de Febrero de 2007. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION - MINISTERIO DE ECONOMÍA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470323962

Decreto núm. 257 EXENTO, publicado el 05 de Febrero de 2007. ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA XI REGION

Núm. 257 exento.- Santiago, 25 de enero de 2007.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 6, de la Constitución Política de la República; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº 18.892 y sus modificaciones, cuyo texto refundido fue fijado por el DS Nº 430 de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº 19.492; el DFL Nº 5 de 1983; los DS Nº 355 de 1995, Nº 572 de 2000 y Nº 253 de 2002, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; oficios (D.D.P.) Ord. Nº 2.175, de fecha 27 de noviembre de 2003, Nº 99, de fecha 18 de enero de 2006 y Nº 570, de fecha 6 de abril de 2006; lo informado por la División de Administración Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en memorándum DAD Nº 17/2006, de fecha 15 de diciembre de 2006; lo informado por el Departamento de Acuicultura de la Subsecretaría de Pesca mediante informes técnicos (D.A.C.) Nº 262, Nº 268 y Nº 269, todos de 28 de marzo de 2006, Nº 1.851, Nº 1.852, Nº 1.853 y Nº 1.856, todos de 10 de noviembre de 2005; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante oficios Ord/Z4/ Nº 231, de fecha 5 de octubre de 2004, Nº 059, de fecha 10 de marzo de 2006 y Nº 116, de fecha 18 de mayo de 2006; por la Subsecretaría de Marina mediante oficios S.S.M. Ord. Nº 6025/875, de 25 de febrero de 2005, Nº 6025/2197, Nº 6025/2206, Nº 6025/2205, todos de 14 de junio de 2006, Nº 6025/2229 de 15 de junio de 2006, Nº 6025/3997 y Nº 6025/3993, ambos de fecha 3 de octubre de 2006; el DS Nº 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos;

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones aprueban el establecimiento de áreas de manejo en los sectores denominados Península Duende, Norte Boca Puquitin, Isla Anita, Isla Marta, Punta Puquitin, Estero Plaza y Estero Costa, todos de la XI Región;

Que mediante oficios de la Subsecretaría de Pesca, citados en Visto, se requirió al Consejo Zonal de Pesca de las Regiones X a XI, informe técnico para el establecimiento de las áreas anteriormente mencionadas, los cuales fueron...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR