Decreto 714 - ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243350562

Decreto 714 - ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE AREAS DE MANEJO Y EXPLOTACION DE RECURSOS BENTONICOS PARA LA X REGION

Núm. 714.- Santiago, 7 de diciembre de 2000.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº8 de la Constitución Política de la República; el D.F.L. Nº5, de 1983; la Ley General de Pesca y Acuicultura Nº18.892 y sus modificaciones cuyo texto refundido fue fijado por el D.S. Nº430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; la ley Nº19.492; los D.S.

Nº355 de 1995, Nº506 y Nº744, ambos de 1999, todos del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción; lo informado por el Departamento de Coordinación Pesquera de la Subsecretaría de Pesca en Memorándum Nº735 de 24 de octubre del 2000; por el Consejo Zonal de Pesca de la X y XI Regiones mediante oficio Ord. Z4/ Nº041 de 8 de agosto del 2000; por la Subsecretaría de Marina mediante oficio S.S.M. Nº12210/3291 S.S.P., de 7 de agosto del 2000; por el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada mediante oficio SHOA ordinario Nº13000/85 S.S.P., de 28 de agosto del 2000; la ley Nº10.336,

Considerando:

Que el artículo 48 letra d) de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la facultad y el procedimiento para decretar áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos.

Que los informes técnicos de la Subsecretaría de Pesca y del Consejo Zonal de Pesca de la X a XI Regiones aprueban el establecimiento de un área de manejo en el sector denominado Bahía Pargua, X Región.

Que se ha consultado esta medida de administración a la Subsecretaría de Marina, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º del D.S. Nº355, de 1995, citado en Visto,

D e c r e t o:

Artículo 1º

Establécese la siguiente área de manejo y explotación de recursos bentónicos en la X Región en el Sector denominado Bahía Pargua, en un área inscrita en la figura irregular y sus vértices, cuyas coordenadas son las siguientes:

(CARTA SHOA Nº7210; ESC. 1:50.000; 5ª ED. 1993)

Vértice Latitud S. Longitud W.

A 41°47'39,73" 73°27'39,02"

B 41°47'41,97" 73°27'37,28"

C 41°47'58,62" 73°28'14,57"

D 41°48'01,46" 73°28'33,28"

E 41°47'58,95" 73°28'33,96"

F 41°47'56,19" 73°28'15,76"

Artículo 2º

Podrán optar a esta área de manejo y explotación de recursos bentónicos las organizaciones de pescadores artesanales legalmente constituidas, de...

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