Decreto 779 - APRUEBA INSERCION EN LA ORDENANZA LOCAL DE PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Emisor | MUNICIPALIDAD DE MACHALÍ |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA INSERCION EN LA ORDENANZA LOCAL DE PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS
Núm. 779.- Machalí, 24 de noviembre de 2006.- Vistos:
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- Lo establecido en los arts. 40º al 42º del D.S.
Nº 2.385 del Ministerio del Interior, que fija texto refundido del D.L. 3.063-79.
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- El acuerdo del Honorable concejo Municipal en reunión Extraordinaria Nº 8 de fecha 24 de Noviembre del 2006, mediante el cual se aprueba incorporación de nuevos derechos y modificación de los existentes, en la Ordenanza Local de Derechos Municipales por concepto de permisos, concesiones y servicios.
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- Las facultades que me confiere la Ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipali-dades.
Considerando: La necesidad de modificar e incorporar los valores de Derechos por concepto de Permisos, Concesiones y Servicios en la comuna de Machalí,
Decreto:
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- Modifícase y apruébese la inserción en la Ordenanza Local de Permisos, Concesiones y Servicios de la Comuna de Machalí, los artículos y numerales que se señalan,
Agréguese Incisos N° 3°, 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9° Todo pago de derechos por sumas inferiores a 10% de Unidad Tributaria Mensual, podrá cancelarse mediante estampillas municipales adquiridas a la Tesorería Municipal de Machalí.
La estampilla deberá adherirse al documento que da cuenta del hecho gravado y serán utilizadas por el funcionario municipal que autorice.
Los giros y su correspondiente pago, deberán hacerse antes del inicio de la concesión, otorgamiento del permiso o la fecha en que se comience a prestar el servicio, salvo en aquellos casos en que la Ley haya fijado otros plazos y modalidades de pago.
En cada caso dejará testimonio del pago efectuado en el registro del sistema correspondiente, con indicación en su caso, del Boletín de ingreso y de su fecha.
El valor de la Unidad Tributaria Mensual a que se refiere la presente Ordenanza, será el vigente a la fecha de la firma de la concesión, permiso o bien a la fecha en que se comienza a recibir el servicio. En el texto de la presente Ordenanza se utilizará la sigla U.T.M. o la expresión "Unidad Tributaria Mensual" indistintamente.
Los Derechos Municipales contemplados en pesos se reajustarán en los meses de Enero y Julio aplicándose la misma variación afectado por el Índice de Precios al Consumidor.
Agréguese Incisos N° 2° y 3° Los contribuyentes que por cualquier motivo cesen en el ejercicio de cualquier actividad lucrativa que desarrollan, después de pagada la patente o Derecho Municipal, no tendrán derecho a reembolso por el tiempo que le faltare por completar el período cancelado. Los contribuyentes que por cualquier motivo desistiesen de realizar algún tramite que este cancelado, se le devolverá el 50% del monto cancelado, siempre y cuando esté dentro del ejercicio presupuestario correspondiente.
Agréguese Puntos:
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Extracción de árboles por unidad sobre 5 mts. 2 UTM
La extracción de árboles la presente ordenanza
está referida a la extracción en terrenos o
sitios de particulares.
Los servicios especiales por trabajos relativos
a limpieza y cierros de sitios eriazos o
edificados, cancelarán los siguientes derechos
municipales:
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Cierros de sitios con placas (provisión e
instalación):
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De 1,80 m. de altura, metro lineal 50 % UTM
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De 2,00 m. de altura, metro lineal 60 % UTM
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Cierro de sitios con rollizo impregnado 4" - 5"
malla 25 % UTM
galvanizada 5014 y dos hebras de alambre
de púa, 1,80 m.
de altura, metro lineal.
-
Cualquier persona que sea sorprendida
arrojando basura, 10 UTM
escombros, en los canales de regadío
de la Comuna y/o en cualquier lugar de la
comuna que no esté expresamente
autorizado por los organismos correspondientes,
serán sancionados con una multa de :
-
Cualquier persona que sea sorprendida cortando,
arrancando, 3 UTM
podando árboles, sin la autorización
municipal correspondiente en
cualquier lugar de la comuna, serán sancionados
con una multa de :
Modifíquese Punto N° 3 por el siguiente:
Retiro de letreros, atriles, lienzos y
cualquier otro elemento 10 % UTM
publicitario, sin permiso o mal instalado,
por M2 o fracción.
El valor mínimo a cancelar por este concepto
será de 25 % UTM
Agréguese el siguiente Punto:
-
Retiro de carros, módulos y otros, desde
la vía pública 1 UTM
Modifíquese Inciso Primero por el siguiente: El permiso de estacionamiento reservado en bienes nacionales de uso público en los casos que la Ley Nº 18.290 de Tránsito y el Plan Regulador de la Comuna y demás normas lo permitan, será gravado con el siguiente derecho semestral:
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- Para vehículos particulares, automóviles,
station wagon 1 UTM
Camionetas, jeep y similares
Agréguese Ultimo Inciso:
Las Instituciones Públicas que requieren un espacio reservado deberán ceñirse estrictamente a lo establecido en el Artículo 164º Ley 18.290, las que estarán exentas de Derechos Municipales; sin embargo deberán realizar la demarcación del espacio e instalación de la señal vertical que diga "estacionamiento reservado" y el nombre de la institución.
Modifíquese Punto N° 2 por el siguiente:
Duplicados sellos verdes, rojos o amarillos
D.S. N° 211 20 % UTM
del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones
Modifíquese Punto N° 4 por el siguiente:
Otorgamiento de Licencias de Conducir:
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- Nuevas o Primeras Licencias:
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Clases A-1, A-2, A-3, A-4, A-5 50 % UTM
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Clases B, C, D, F 50 % UTM
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Clase E 20 % UTM
-
- Controles
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Clases A-1, A-2 (Ley 18.290) 35 % UTM
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Clases A-1, A-2, A-3, A-4, A-5
(Ley 19.495) 35 % UTM
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Clases B, C, D, F 50 % UTM
-
Clase E 20 % UTM
Agréguese Puntos:
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Duplicados de Certificado de inscripción
en registro comunal 20 % UTM
de carros de arrastre y remolque.
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Cambio de características del vehículo
en el permiso de circulación 20 % UTM
-
Cambio de propietario en permiso de
circulación 20 % UTM
-
Certificado modificaciones en el
Registro 20 % UTM
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Placa provisoria carro de arrastre
o remolque 20 % UTM
-
Otros certificados solicitados por
particulares no especificados. 20 % UTM
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Reemplazo Permiso de Circulación por
cambio de inscripción de 10 % UTM
D. S. 83 a Ley 19.872
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Duplicados Sellos Verde, Rojo o
amarillo, D.S. Nº 54 y 55 20 % UTM
del Ministerio de Transportes
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Servicios municipales por inspección
ocular o cambio de color 20 % UTM
de vehículos, efectuados para cualquier
trámite que no sea el de otorgamiento
de permisos de circulación
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Certificados varios (tasación vehículos,
anulación taxi-colectivo, etc) 10 % UTM
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Examen Médico Psicotécnico o Examen 25 % UTM
Teórico o práctico de reglamento que
no tengan relación con el trámite de
otorgamiento de Licencia de Conducir,
por cada uno de los exámenes.
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Certificado Antigüedad de Licencia
de Conducir 20 % UTM
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Fotografía digital para licencia de
conducir 5 % UTM
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Registro Cambio de Domicilio
-
Cuando se efectúan controles,
ampliación o extensión de 5 % UTM
licencia cualquier clase de otras
comunas dentro de la región
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Controles, ampliación o extensión de 10 % UTM
licencia cualquier clase de otras
comunas fuera de la región
-
Para Licencias pertenecientes a
otras comunas 15 % UTM
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Permiso a Escuelas de Conductores por
el uso de vías públicas para clases
prácticas, previo, trazadas, autorizadas
por la Dirección de Tránsito.
-
Escuela de Conductores Clase B no
profesional afectas 2 UTM
al D.S. Nº 39/85 del MINTRATEL,
semestral por vehículo,
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Escuela de Conductores Clase
A profesional, afectas al D.S. 6 UTM
Nº 251/99, del MINTRATEL, valor único
semestral
-
Otros derechos no especificados 10 % UTM
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Revisión y Certificado de Recepción
de Señalizaciones de Tránsito:
-
Loteos Nuevos de Viviendas,
Supermercados, Malls, 1 UTM
colegios, terminales, etc., por proyecto
total o por etapa
-
Loteos Nuevos de Viviendas Básicas,
Villorrios 25 % UTM
campesinos, Asentamientos Programas
Chile Barrio, etc.por proyecto o por etapa.
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Otros proyectos 25 % UTM
-
Informe de barreras y señalizaciones
a usar en trabajos en 20 % UTM
la vía pública, por cada obra a ejecutar
-
Permisos especiales de tránsito por
interrupción temporal 10 % UTM
del uso de las vías públicas en
actividades sociales, culturales,
deportivas u otras
-
Permisos de Tránsito sin interrupción
de tránsito 10 % UTM
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Permiso especial de Tránsito para
suspensión parcial de 50 % UTM
tránsito por obras de licitación
pública (SERVIU, M.O.P., u
otra), por obra, plazo máximo 1 mes.
-
Otros certificados no especificados 50% UTM
Modifíquese Punto N° 6 por el.
siguiente:
Animal Menor, valor diario 2,5 % UTM
Modifíquese Punto N° 3 por el siguiente:
DERECHOS RELACIONADOS CON LA REALIZACIÓN DE REUNIONES SOCIALES, Y BAILES BENEFICIOS OTROS:
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Bailes y otros con venta de bebidas analcohólicas y comestibles:
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Particulares, diario 25 % UTM
-
Clubes, instituciones sin fines
de lucro, unidades vecinales, 15 % UTM
colegios, valor diario
-
- Bailes, reuniones sociales y otros, con
venta de bebidas alcohólicas, conforme
a la Ley de Alcoholes:
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Clubes, instituciones sin fines
de lucro, unidades 30 % UTM
vecinales, colegios, diario
-
Particulares, valor diario de acuerdo
a carga de ocupación, calculada en base
a Ordenanza General de Urbanismo y
Construcción, según la siguiente tabla,
previo informe de factibilidad técnica
de Dirección de Tránsito y Transporte
Público y Dirección de Obras Municipales.
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001 - 100 Personas 1 UTM
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101 - 500 Personas 3 UTM
-
501 - 1000 Personas 6 UTM
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1001 - 2000 Personas 10 UTM
-
2001 y más Personas 20 UTM
-
Rodeos, carreras a la chilena, diario
-
Sin baile, con venta de bebidas
analcohólicas y comestibles 1 UTM
-
Con baile y venta de bebidas
analcohólicas y comestibles 3 UTM
-
Espectáculos públicos (recitales, show
artísticos, revistas...
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