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Decreto núm. 674, publicado el 15 de Abril de 1997. APRUEBA MODIFICACIONES A ORDENANZAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE COIHUECO
Rango de LeyDecreto

APRUEBA MODIFICACIONES A ORDENANZAS QUE INDICA

Núm. 674.- Coihueco, 31 de marzo de 1997.

Vistos:

  1. - Las facultades que me confiere la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, refundida en el D.S. Nº 662 de fecha 27/08/92 y sus modificaciones posteriores.

  2. - Decreto Nº 2.385 del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial el 20/11/96, que fija texto refundido del Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales.

    Considerando: 1.- Acuerdo del Concejo Municipal tomado en Sesión Ordinaria Nº 15 del 25/03/97, de aprobar modificaciones a Ordenanzas varias.

    D e c r e t o:

  3. - Apruébase las modificaciones a las siguientes Ordenanzas que se indican:

    ORDENANZA LOCAL DEL DEPARTAMENTO DE RENTAS Y PATENTES

    Aprobada por Decreto Alcaldicio Nº 1.466 del 27/12/93, publicado en el Diario Oficial 12/01/94.

    Modifíquese el porcentaje del Nº 9, Artículo 4º, quedando como sigue: 9.- Actividades comerciales en circunstancias especiales, tales como festividades religiosas y comunales por cada día de funcionamiento 10% de la U.T.M. y para aquellas de giro Paquetería y Menaje 30% U.T.M.

    Reemplácese el Artículo 8º, punto Nº 1, por lo siguiente:

  4. - Los comerciantes de las Ferias Libres se regirán por lo siguiente:

    Existirán dos tipos de Ferias Libres, sin perjuicio de las ya mencionadas:

    1. Las que se instalen con motivo de los días domingos, las cuales pagarán un valor mensual de:

      Frutas y Verduras 30% U.T.M.

      Otros rubros 40% U.T.M.

    2. Las que se instalen con motivo de pagos mensuales de los pensionados, jubilados (una vez al mes); a las cuales se les exigirá lo siguiente:

      - Iniciación de Actividades y

      - Declaración y pago del último mes del Impuesto al Valor

      Agregado (IVA), pagarán un valor trimestral de 40% U.T.M.

      No se otorgarán permisos de Ferias Libres para los rubros de Abarrotes.

      El horario de funcionamiento será desde las 8:30 horas hasta las 15:00 horas. Con todo no podrán empezar a instalarse antes de las...

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