Decreto 468 - APRUEBA ENMIENDA Nº6 AL PLAN REGULADOR COMUNAL - MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 432070126

Decreto 468 - APRUEBA ENMIENDA Nº6 AL PLAN REGULADOR COMUNAL

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor18 de Abril de 2013

APRUEBA ENMIENDA Nº6 AL PLAN REGULADOR COMUNAL

Núm. 468.- Santo Domingo, 28 de febrero de 2013.- Vistos: Los antecedentes: 1º.- La necesidad de mantener actualizado y complementar el Instrumento de Planificación vigente, con el objeto de perfeccionar algunas normas de ciertos sectores; 2º.- La resolución afecta del Intendente de Valparaíso Nº 31-4-266, del 29 de septiembre de 2003, publicada en el Diario Oficial el 11 de noviembre del año 2003, que promulga el actual Plan Regulador Comunal, con lo cual el Instrumento de Planificación Territorial entró en vigencia; 3º.- Lo dispuesto en el artículo 45 del DFL Nº 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones y en el artículo 2.1.13 del DS Nº 47 (Minvu) del año 1992, Ordenanza de la citada ley, respecto de la modificación al Plan Regulador Comunal, denominado "Proyecto de Enmienda Nº 6 al Plan Regulador Comunal de Santo Domingo"; 4º.- El acuerdo del Honorable Concejo Municipal, en la sesión ordinaria Nº 120 de fecha 4 de abril del año 2012, en la cual se acuerda iniciar trámite de exposición pública del proyecto de Enmienda Nº 6 al Plan Regulador; 5º.- El ordinario Nº 108, del 5 de abril del año 2012, por medio del cual el Sr. Alcalde consulta al Seremi del Minvu de Valparaíso, acerca de la pertinencia de someter al Sistema de Evaluación Ambiental la enmienda al Plan Regulador Comunal; 6º.- El decreto alcaldicio Nº 457, de fecha 27 de abril del año 2012, que ordena el inicio de la tramitación de la Enmienda Nº 6 al Plan Regulador Comunal; 7º.- Las publicaciones en el diario El Líder, edición del 12 de junio del año 2012, página 7 primer aviso, edición del martes 19 de junio del año 2012, página 3 segundo aviso, y edición del lunes 25 de junio del año 2012, página 10, en que se publica una fe de erratas que corrige el segundo aviso; 8º.- El certificado del Secretario Municipal de fecha 31 de agosto del año 2012, que da fe del envío de correspondencia del Sr. Alcalde a las juntas de vecinos involucradas, por medio de oficios ordinarios Nos 227, 228, 229, 230 y 231, todos de fecha 19 de julio del año 2012; 9º.- El certificado del Secretario Municipal de fecha 31 de agosto del año 2012, que da fe de la realización de dos audiencias públicas los días 29 de junio y 3 de agosto del año 2012; 10°.- El certificado del Secretario Municipal de fecha 31 de agosto del año 2012, que da fe que con posterioridad a la realización de la primera audiencia pública y por un plazo de 30 días a...

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